Catálogo de la Colección "Derecho, Economía y Sociedad" Sitio Oficial de la Facultad de Derecho de la Universidad de Buenos Aires

Regulación jurídica de las biotecnologías

Curso dictado por la Dra. Teodora Zamudio

Equipo de docencia e investigación UBA~Derecho

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in re Chakrabarty s/materia patentable


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Diamond, Comisionado de Patentes y Marcas v. Chakrabarty, Corte Suprema de los Estados Unidos 16 de junio de 1980. No. 79-136

447 U.S. 303; 100 S. Ct. 2204;
1980 U.S. LEXIS 112; 65 L. Ed. 2d 144; 206 U.S.P.Q. (BNA) 193

Cuerpo profesional actuante: el Fiscal General Wallace sostuvo la causa para elComisionado. Con él, el Fiscal General McCree, los Fiscales Generales Auxiliares Shenefield, Harriet S., Shapiro, Robert B., Nicholson, Frederic Freilicher, y Joseph F. Nakamura. Por su parte, Edward F. McKie, Hijo, representó al solicitante. Con él, Leo MaLossi, William E., Schuyler, Hijo, y Dale H. Hoscheit.

Este caso marcó el hito que determinó la inclusión no sólo de la materia viva en el sistema de patentes sino la clara y expresa desmitificación de la sacralidad de los principios biológicos de la vida misma.

Un nuevo paradigma social y jurídico fue demandado a partir del caso Chakrabarty, el que aún no ha sido construido. Sus antecedentes son de gran valor al momento de evaluar sus consecuencias irreversibles y el derrotero de futuras discursos ético-jurídicos. A continuación se repasan los pasajes juzgados determinantes en las diferentes instancias de los procesos administrativo y judicial en los que la cuestión fue ventilada.

NOTA: A continuación, selección de pasajes de piezas procesales; trad. T.Zamudio.

Writ of Certiorari de la Asociación Americana de Microbiología a la United States Court of Customs and Patent Appeals.

Voto del Justice Burger (por la mayoría)

Voto del Justice Brennan (disidencia por la minoría).

 

Writ of Certiorari de la Asociación Americana de Microbiología a la United States Court of Customs and Patent Appeals.

596 F.2d 952, consideró que el Titulo 35 U. S. C. § 101 dispone la emisión de una patente a toda persona que inventa o descubre "cualquiera" “manufactura” o "composición de materiales" nueva y útil. El demandante presentó una solicitud de patente para la invención de un producto del hombre, una bacteria genéticamente diseñada capaz de la degradación de petróleo crudo, una propiedad que no es poseída naturalmente por ninguna bacteria. El rechazo de las demandas de la solicitud de patente por el examinador de la Oficina de Patentes para la nueva bacterias fue confirmado por la Patent Office Board of Appeals con el argumento de que las cosas vivientes no son materia patentable bajo § 101. La Court of Customs and Patent Appeals revocó, concluyendo que el hecho que los micro-organismos estén vivos no tiene importancia legal para los propósitos de la ley patente. Afirmó que un micro-organismo vivo, producto del hombre es materia patentable bajo la § 101. El micro-organismo del demandante constituye una “manufactura” o “composición de materiales” dentro de ese estatuto. Pp. 308-318. Fundando el fallo en que:

(a) Escogiendo términos amplios como “manufactura” y "composición de materia," modificados por el comprensivo "cualquiera", el Congreso fijó el criterio por el que a las leyes de patentes deben dárseles un alcance extenso, así también la historia de la legislación pertinente apoya una construcción amplia. Si bien las leyes de la naturaleza, los fenómenos físicos, y las ideas abstractas no son patentables, la solicitud del demandante no está referida a un fenómeno natural desconocido, sino a una manufactura o composición de materiales -un producto del ingenio humano "teniendo un nombre distintivo, carácter [y] uso" Hartranft v. Wiegmann, 121 U.S. 609, 615. Funk Brothers Seed Co.. v. Kalo Inoculant Co.., 333 U.S. 127. Pág. 308-310.

(b) El texto de la 1930 Plant Patent Act que permitió la la protección patentaria para ciertas plantas asexualmente reproducidas, y la 1970 Plant Variety Protection Act que autorizó la protección de plantas de reproducción sexual pero excluyó las bacterias, no evidencian ninguna intención del Congreso de excluir a las cosas vivientes de los términos “manufactura” o “composición de materiales” en § 101. Pág. 310-314.

(c) No hace al hecho que la tecnología genética fuera imprevisible cuando el Congreso promulgó la §101 para concluir que los micro-organismos califican como materia patentable, ni es necesario que el Congreso autorice expresamente tal protección. El lenguaje inequívoco de la § 101 abarca justamente la invención del demandante. Los argumentos contra la patentabilidad bajo la § 101 basados en riesgos potenciales que pueden ser generados por la investigación genética debe dirigirse al Congreso y al Ejecutivo, no a la Magistratura. Pp. 314-318.

Voto del Justice Burger[1] (por la mayoría)

I.- En 1972, demandante Chakrabarty, un microbiólogo, presentó una solicitud de patente, cedida a la. General Electric Co.. La solicitud reclamaba 36 reivindicaciones relacionadas con la invención de Chakrabarty de "una bacteria del género Pseudomonas que contiene por lo menos dos plásmidos generadores estables de energía, cada uno de dichos plásmidos proporciona una vía degradante de hidrocarburos separada". Este producto del hombre, la bacteria genéticamente diseñada, es capaz de la degradación de los componentes múltiples del petróleo crudo. Se cree que la invención de Chakrabarty tiene un significativo valor para el tratamiento de derramamientos de petróleo debido a esta propiedad que no es poseída naturalmente por ninguna bacteria.

Las reivindicaciones de la patente de Chakrabarty eran de tres tipos: primero, reivindicaciones del método para producir las bacterias; [pág. 306] segundo, reivindicaciones referidas a un inoculante comprendiendo el material portador que flota en agua, como paja y las nuevas bacterias, y tercero, reivindicaciones referidas a las bacterias mismas. El examinador de la Oficina de Patentes admitió las reivindicaciones que entran en las primeras dos categorías, pero rechazó las reivindicaciones de las bacterias. Su decisión descansó en dos argumentos: (1) que los micro-organismos son "los productos de naturaleza," y (2) que como cosas vivientes ellos no son materia patentable bajo 35 U. S. C. § 101.

Chakrabarty apeló el rechazo de estas reivindicaciones ante la Patent Office Board of Appeals, y esa Corte confirmó el segundo argumento del examinador entendiendo que el legislador del 1930 Plant Patent Act al disponer la protección patentaria a ciertas plantas (materia viviente) asexualmente reproducidas no se pensaba que ese § 101 cubría cosas vivientes tales como estos micro-organismos creados en el laboratorio.

La Patent Office Board of Appeals, con voto dividido, revirtió su decisión anterior en in re Bergy, 563 F.2d 1031, 1038 (1977) donde sostenía que "el hecho que los microorganismos. . . estén vivos. . . no tienen importancia legal" para los propósitos de la ley patente. En consecuencia concedió al Comisionado Suplente de Patentes y Marcas de fábrica la petición para el writ certiorari en Bergy, pendiente el juicio, para reencausar el caso "para su extensa consideración a la luz de Parker v. Flook, 437 U.S. 584 (1978)" 438 U.S. 902 (1978). La Patent Office Board of Appeals dejó entonces pendiente su juicio en Chakrabarty y consolidó el caso en Bergy. Después de reexaminar ambos casos a la luz de la posición asumida en Flook  esa corte, con un disentimiento, reafirmó sus juicios anteriores. 596 F.2d 952 (1979).

[P*307] El Comisionado de Patentes y Marcas de fábrica procuró un nuevo certiorari, concedido para ambos casos, Bergy y Chakrabarty. 444 U.S. 924 (1979). Desde entonces, el caso Bergy se ha desestimado, 444 U.S. 1028 (1980), quedando sólo Chakrabarty pendiente de decisión.

II.- La Constitución concede al  Congreso el poder para legislar a fin de que "promueva el progreso de la ciencia y las artes útiles, asegurando -por tiempo limitado- a los autores y inventores el derecho exclusivo a sus respectivas obras y descubrimientos." Art. I, § 8, inc. 8. Las leyes patentes promueven este progreso ofreciéndoles derechos exclusivos a inventores para un periodo limitado como un incentivo para su inventiva y sus esfuerzos de la investigación. Kewanee Oil Co.. v. Bicron Corp., 416 U.S. 470, 480-481 (1974); Universal Oil Co. v. Globe Co., 322 U.S. 471, 484 (1944). Se legisla con la esperanza que "[el] esfuerzo productivo con ello creado tendrá un efecto positivo en la sociedad a través de la introducción de nuevos productos y procesos de fabricación en la economía, y sus implicaciones en el aumento del empleo y en el mejoramiento de la calidad de vida de nuestros ciudadanos." Kewanee, supra, at. 480.

Este caso nos exige una puntual interpretación de la ley  35 U. S. C. § 101, la que dispone:

"Quienquiera que invente o descubra cualquier nuevo y útil proceso, máquina, manufactura, o composición de materiales, o cualquier nueva y útil mejora de ellos, puede obtener una patente, sujeta a las condiciones y requisitos de este título."

Específicamente, nosotros debemos determinar si el micro-organismo del demandante constituye una “manufactura” o una “composición de materiales” dentro del significado de la ley. [P*308]

III.- En casos de construcciones legales, nosotros empezamos, por supuesto, con el idioma de la ley. Southeastern Community College v. Davis, 442 U.S. 397, 405 (1979). Y "a menos que exista otra definición, las palabras se interpretarán en su significado ordinario, contemporáneo, común." Perrin v. United States, 444 U.S. 37, 42 (1979). Nosotros también hemos establecido que la Corte "no debe leer limitaciones en las leyes patentes o condiciones que la legislatura no haya expresado." United States  v. Dubilier Condenser Corp., 289 U.S. 178, 199 (1933).

Guiado por estos cánones de construcción, esta Corte ha leído el término “manufactura” en la § 101 de acuerdo con su definición en el diccionario significa "la producción de artículos para el uso de materiales crudos o preparados dando a estos materiales nuevas formas, calidades, propiedades, o combinaciones, a través de la mano de obra o por maquinarias". American Fruit Growers, Inc. v. Brogdex Co., 283 U.S. 1, 11 (1931). Similarmente, la “composición de materiales” se ha traducido de acuerdo con su uso común para incluir "todas las composiciones de dos o más substancias y. . . todos los artículos compuestos, si ellos son los resultados de una unión química, o de una mezcla mecánica, o si ellos son gases, fluidos, polvos o sólidos. "Shel Development Co.  v. Watson, 149 F.Supp. 279, 280 (DC 1957) (citando 1 A. Deller, Wlker on Patents § 14, pág., 55 (1° ed 1937)). Escogiendo tales amplios términos como “manufactura” y "la composición de materia," modificado por el comprensivo "cualquiera", el Congreso simplemente marcó que a las leyes patentes debería dárseles un amplio alcance.

La historia de la legislación pertinente también apoya una construcción amplia. La Patent Act de 1793, pensada por Thomas Jefferson, definía la materia patentable como "cualquier nuevo y útil arte, máquina, manufactura o composición de materia, o cualquier nueva o útil mejora [de eso]." Act de Feb. 21, 1793, § 1, 1 Stat. 319. En esa ley incluyó la idea de Jefferson sobre que "la ingeniosidad debe recibir un estímulo liberal." [P*309] 5 escritos de Thomas Jefferson 75-76 (ed de Washington. 1871). Vease Graham v. John Deere Co., 383 U.S. 1, 7-10 (1966). Los Estatutos de patentes subsecuentes de 1836, 1870, y 1874 emplearon este mismo idioma. En 1952, cuando las leyes de patentes fueron recodificados, el Congreso reemplazó la palabra "arte" con "el proceso," pero dejaron el idioma de Jefferson intacto. El Informe del Comité acompañando la ley de 1952  nos permite entender que ese Congreso quizo que la normativa "incluya todo que, bajo el sol, es hecho por hombre" Repertorio del Senado. No. 1979, 82d Cong., 2d Sess., 5 (1952); Repertorio de la Honorable Cámara de Representantes No. 1923, 82d Cong., 2d Sess., 6 (1952).

Esto no es sugerir que la § 101 no tiene ningún límite o que comprende a todo descubrimiento. Las leyes de la naturaleza, así como los fenómenos físicos y las ideas abstractas no se han sostenido patentables. Vea Parker v. Flook, 437 U.S. 584 (1978); Gottschalk v. Benson, 409 U.S. 63, 67 (1972);  Funk Brother Seed Co. v. Kalo Inoculant Co, 333 U.S. 127, (1948); O'Reilly v. Morse, 15 How. 62, 112-121 (1854); Le Roy v. Tatham, 14 Cómo. 156, 175 (1853). Así, un nuevo mineral descubierto en la tierra o una nueva planta encontrada en el bosque salvaje no es materia patentable. Igualmente, Einstein no podría patentar su famosa ley E=mc2; ni Newton podría patentar la ley de gravedad. Tales descubrimientos son "las manifestaciones de. . . la naturaleza, libre a todos los hombres y no reservada exclusivamente a ninguno." Funk, supra, at. 130.

Juzgado bajo este criterio, el micro-organismo del demandante califica decididamente como materia patentable. Su demanda no es hasta aquí un fenómeno natural desconocido, sino una manufactura o composición de materia no natural --un producto del ingenio humano "teniendo un nombre distintivo, carácter [y] [p*310] use." Hartranft v. Wiegmann, 121 U.S. 609, 615 (1887). El punto es subrayado dramáticamente al comparar esta invención con el caso Funk. Allí, el patentante había descubierto en naturaleza ciertas especies de bacterias del nódulo de la raíz que no se inhibían mutuamente; usó ese descubrimiento para producir una cultivo mixto capaz de ser inoculado a las semillas de plantas leguminosas. Concluyendo que el solicitante había descubierto "sólo una obra de la naturaleza," la Corte declaró no patentable el producto:

"Cada una de las especies de bacterias del nódulo de la raíz contenida en el paquete infecta el mismo grupo de plantas leguminosas que siempre infectó. Ninguna especie adquiere un uso diferente. La combinación de especies no produce ninguna nueva bacteria, ningún cambio en las seis especies de bacterias, y ningún mejoramiento del rango de su utilidad. Cada especie tiene el mismo efecto que tenía. Las bacterias se expresan en su manera natural. Su uso en combinación no mejora su funcionamiento natural de forma alguna. Ellas actúan de acuerdo con su naturaleza original y bastante independientemente de cualquier esfuerzo del patentante" 333 U.S., at 131. Aquí, por contraste, el solicitante de una patente ha producido una nueva bacteria con notables características diferenciales de cualquier bacteria encontrada en la naturaleza y teniendo una utilidad potencial significativa. Su descubrimiento no es la obra de la naturaleza, sino del inventor; de acuerdo con ello es materia patentable bajo la § 101.

IV.- No encontramos persuasivos ninguno de los dos argumentos contrarios adelantados.

(A) El primer argumento descansa en la promulgación de la 1930 Plant Patent Act que permitió la protección por patente a ciertas plantas asexualmente reproducidas, y la 1970 Plant [p*311] Variety Protection Act que autorizó la protección a plantas de reproducción sexual pero excluyó a las bacterias, las cuales son vistas por el Comisionado de Patentes como evidencias de que para el Congreso los términos “manufactura” o “composición de materiales” no incluye cosas vivientes; si así fuera las leyes referidas no habrían sido necesarias.

Nosotros rechazamos este argumento. Antes de 1930, se pensaron dos motivos para excluir a las plantas de la protección por patente. El primero era la creencia que las plantas, incluso aquéllos engendradas artificialmente, era productos de la naturaleza para los propósitos de la ley patente. Esta posición parece haber derivado de la decisión de la Oficina Patente en Ex parte Latimer, 1889 Dec. Com. Pat. 123 en el que una demanda de patente para una fibra encontrada en la aguja del Pinus australis fue rechazada. El Comisionado entendió que un resultado contrario permitiría "las patentes de los árboles del bosque y las plantas de la tierra, lo que por supuesto sería irrazonable y imposible." Id., at. 126. El caso Latimer, parece, vino a "[sentar en] adelante la posición general adoptada en esta materia" que las plantas eran productos naturales no sujeta a la protección por patentes. Thorne,  Relation of Patent Law to Natural Products, 6 J. Pat. Off. Soc. 23, 24 (1923). [pág. 312]. El segundo obstáculo para patentar plantas era el hecho que se pensó que en el caso de plantas no sería factible cumplimentar el requisito de "descripción" impuesto por la ley de patente. Véase el 35 U. S. C. § 112. Dado que la descripción escrita, en el caso de “nuevas” plantas, era a menudo imposible. Vea la Discusión parlamentaria en la Honorable Cámara de Representantes del Congreso 11372 por el Comité de Patentes, 71st Cong., 2d Sess., 7 (1930) (memorándum de Comisionado de Patentes Robertson).

Asimismo concedimos el aporte de certiorari para determinar si un micro-organismo vivo, producto del hombre es materia patentable bajo 35 U. S. C. § 101.

Al promulgar la Plant Patent Act, el Congreso se analizó ambas preocupaciones. Explicó largamente su creencia que el trabajo del creador de plantas "en ayuda de naturaleza" era invención patentable. Repertorio del Senado. No. 315, 71st Cong., 2d Sess., 6-8 (1930); Repertorio de la Cámara de Representantes. No. 1129, 71st Cong., 2d Sess., 7-9 (1930). Y se relajó el requisito de la descripción escrito a favor de "una descripción. . . tan completa como fuera posible." 35 U. S. C. § 162. Ningún Comité o Miembro de Congreso, sin embargo, se expresó en los términos, ahora insinuados por el comisionado de patentes, que permitieran inferir que las cosas vivientes estaban excluidas de los conceptos de “manufactura” o “composición de materiales”. En lo que respecta a la 1930 Act,  el único apoyo a esa posición se encuentra en la declaración del Secretario de Agricultura Hyde, en una carta a los Presidentes de la Cámara de Representantes y Comités del Senado considerando la 1930 Act, donde afirma que "las leyes de patentes. . ., en la actualidad, deben cubrir sólo invenciones o descubrimientos en el campo de naturaleza inanimada." Ver Repertorio del Senado. No. 315, supra, al Apéndice A; Repertorio de la Cámara de Representantes. No. 1129, supra, al Apéndice A. La opinión del Secretario Hyde, sin embargo, no fue una declaración de peso. Su vista fue solicitada respecto de la reglametnación administrativa de la nueva ley y no respecto del alcance de la patentabilidad [pág. 313] la materia -una área más allá de su competencia-. Es más, en los Informes la Cámara de Representantes y del Comité de Senado se desarrolla un idioma que sugiere que en lo que al Congreso respecta la dicotomía contenida en la declaración del Secretario Hyde fue considerada poco persuasiva. Los Informes observan:

"Hay una distinción clara y lógica entre el descubrimiento de una nueva variedad de planta y de ciertas cosas inanimadas, tal, por ejemplo, un nuevo y útil mineral natural. El mineral es creado totalmente por la naturaleza sin asistencia del hombre. . . . Por otro lado, el descubrimiento de una planta que es el resultado del cultivo es único, aislado, y no es repetido por la naturaleza, ni puede ser reproducirse naturalmente sin la asistencia del hombre. . . ". Repertorio del Senado. No. 315, supra, at. 6; Repertorio de la Cámara de Representantes. No. 1129, supra, at. 7.

El congreso reconoció así que la distinción pertinente no estaba entre las cosas vivientes y las cosas inanimadas, sino entre los productos de la naturaleza, vivientes o no, y las invenciones, producto del hombre. Aquí, el micro-organismo del solicitante es el resultado del ingenio humano y la investigación. De donde, el texto de la Plant Patent Act no otorga, a la posición del Gobierno, ningún apoyo.

Tampoco el texto de la 1970 Plant Variety Protection Act brinda sostén a la posición del Gobierno. Como el Gobierno pone de manifiesto, las plantas sexualmente reproducidas no eran incluidas bajo la 1930 Act porque las nuevas variedades no podían reproducirse exactamente a partir de semillas. Informe para el Comisionado 27, n. 31. A través de la 1970 Act, sin embargo, fue reconocido que la reproducción estable de la nueva variedad era posible y que la protección patentaria era por consiguiente apropiado. La 1970 Act extendió esa protección. No hay nada en su lenguaje o historia que sugiera que fue promulgada porque la § 101 no incluyó cosas vivientes.

En particular, no encontramos nada en la exclusión de bacterias de la protección de variedades de planta para apoyar la posición del Comisionado. Véase n. 7, supra. Los antecedentes legislativos no dan ninguna razón para esta exclusión. Como la Court of Customs and [p*314] Patent Appeals sugiere, pueden reflejar el acuerdo del congreso con el resultado alcanzado por esa corte en la decisión In re Arzberger, 27 C., C. P. A. (Pat.) 1315, 112 F.2d 834 (1940) que sostuvo que esa bacteria no era planta para los propósitos de la 1930 Act. O puede reflejar el hecho que antes de 1970 la Oficina Patente había emitido patentes para las bacterias bajo la § 101. En todo caso, a falta de alguna indicación clara de que el Congreso "abordó [el] los problemas. . . directamente relacionados al presentado ante esta la Corte," SEC v. Sloan, 436 U.S. 103, 120-121 (1978), no hay ninguna base para leer en sus dichos un intento para modificar el llano significado de las palabras de la § 101. Véase TVA v. Hill, 437 U.S. 153, 189-193 (1978); United States v. Precie, 361 U.S. 304, 313 (1960).

(B) El segundo argumento del Comisionado es que los micro-organismos involucrados en la presente solicitud de patente no pueden calificar como materia patentable hasta que el Congreso no autorice expresamente tal protección. Su posición descansa en el hecho de que la tecnología genética no estaba prevista cuando el Congreso promulgó la § 101. De esto se deduce que la resolución del patentabilidad de invenciones debe ser entendida como de exclusiva competencia del Congreso. El proceso legislativo, arguye el Comisionado, está mejor diseñado para sopesar las consideraciones económicas, sociales, y científicas involucradas, y para determinar si organismos vivientes producidos por ingeniería genética deben recibir la protección patentaria. En apoyo de esta posición, el Comisionado invoca nuestra reciente posición en Parker v. Flook, 437 U.S. 584 (1978), y en la declaración que afirma que la magistratura "debe proceder cautamente cuando. . . (el) pedido puede extender [pág. 315] los derechos patentes a las áreas totalmente imprevistas por el Congreso." Id., at. 596.

Es, por supuesto, correcto que es el Congreso, no los tribunales, quien debe definir los límites de la patentabilidad; pero es igualmente verdad que una vez que el Congreso ha hablado, es "facultad y deber del poder judicial decir lo que la ley es." Marbury v. Madison, 1 Cranch 137, 177 (1803). El congreso ha realizado su papel constitucional definiendo la materia patentable en la § 101; nosotros realizamos el nuestro traduciendo el idioma que el Congreso ha empleado. Al hacerlo, nuestra obligación es aplicar los estatutos, guiados, si la ambigüedad aparece, por los antecedentes legislativos y el propósito estatutario. Aquí, no percibimos ninguna ambigüedad. El objeto de la ley patente se ha redactado en términos amplios para cumplir la meta constitucional y estatutaria de promover "el progreso de la ciencia y de las artes útiles" con todos los medios posibles para obtenr los beneficios sociales y económicos previstos por Jefferson. El lenguaje general y amplio no es necesariamente ambiguo cuando los objetivos del congreso requieren términos amplios.

Nada en Flook es contrario a lo dicho. En ese caso se aplicaron nuestros precedentes anteriores para determinar que "la solicitud de patente para un método mejorado de cálculo, incluso cuando se lo aplica a un uso específico, no es materia patentable bajo la § 101." 437 U.S., at. 595, n. 18. La Corte escrutó la demanda cuidadosamente para determinar la inadecuación de su objeto para su protección patentaria bajo "los principios que están debajo de la prohibición contra las patentes para ' las ideas ' o fenómenos de naturaleza." Id., at. 593. Lo mismo hemos hecho aquí. En Flook no se estableció un nuevo principio para aquellas invenciones en áreas no contempladas por Congreso cuando fueron promulgadas las leyes patentes; en Flook la materia no era patentable per se.

Leer otro concepto en Flook frustrarían los propósitos de la ley patente. Esta Corte frecuentemente ha observado que un estatuto no debe ser confinado a "[las aplicaciones] particulares. . . contempladas por los legisladores." Barr v. United States, 324 U.S. 83, 90 (1945). En igual sentido, Browder v. United States, 312 U.S. 335, 339 (1941); Puerto Rico v. Shell Co., [pág. 316] 302 U.S. 253, 257 (1937). Esto es especialmente aplicable en el campo de la ley de patente. Una regla interpretativa que dejara sin protección a las invenciones imprevistas chocaría con el concepto central de la ley de patente: la previsibilidad destruye la patentabilidad. Véase Graham v. John Deere Co., 383 U.S., at. 12-17. El juez Douglas recordó que las invenciones más beneficiosas para la humanidad son aquéllas que "empujan las fronteras de la química, la física, y otras ramas del saber" Great A. & P. Tea Co. v. Supermarket Corp , 340 U.S. 147, 154 (1950) (opinión mayoritaria). El congreso empleó un lenguaje común y amplio al redactar la § 101 precisamente porque las tales invenciones son a menudo imprevisibles.

Para reforzar su argumento, el Comisionado, con el apoyo del informe pericial, destaca los puntos que pueden generar riesgos a través de los avances de la investigación científica como la del demandante. Los informes constituyen un desfile repugnante de horribles presagios. Científicos, entre ellos el laureados con el premio Nobel, son citados sugiriendo que la investigación genética puede constituir una amenaza seria para la raza humana, o, al menos, que sustanciales peligros no están demasiado lejanos para permitir a tales investigaciones continuar avanzando en este momento. Nos dicen que la investigación genética y los desarrollos tecnológicos relacionados pueden extender la polución y las enfermedades, que pueden producir una pérdida de la diversidad genética, y que su práctica puede tender a hacer perder valor a la vida humana. Estos argumentos son enérgicamente, al igual que apasionadamente, presentados; nos recuerdan que, a veces, el ingenio humano parece incapaz de controlar totalmente las fuerzas que crea, que, como Hamlet, es a veces mejor "padecer las enfermedades que conocemos que cambiarlas por otras que desconocemos"

Se argumenta que esta Corte debe sopesar estos riesgos potenciales al considerar si la invención del solicitante es [pág. 317]  materia patentable bajo la § 101. Nosotros discrepamos. No es probable que la concesión o rechazo de patentes en micro-organismos acaben con la investigación genética o con sus riesgos derivados. Muchas investigaciones se han llevado a cabo aún cuando ningún investigador tenía la seguridad de que la protección patentaria estaría disponible sugiere que ni la legislación ni las decisiones judiciales impedirán a la mente científica de sondear en lo desconocido más de lo que Canute podría ordenar las mareas. Si las reivindicaciones del solicitante son patentables puede determinar que los esfuerzos sean acelerados por la esperanza del premio o sean retardados por la necesidad de buscar otros incentivos, pero eso es todo.

Lo que es más importante es que nosotros no tenemos la competencia para analizar estos argumentos--o para desestimarlos como fantasías generados por miedo a lo desconocido, o para actuar en ellos. La opción que se pretende que asumamos es materia de alta política que debe ser resuelto dentro del proceso legislativo; sujeta al tipo de investigación, examen, y estudio que los cuerpos legislativos pueden proporcionar y las cortes no pueden. Ese proceso involucra el equilibrio de valores e intereses que en nuestro sistema democrático es materia de los representantes elegidos. Cualquiera sea su validez, los argumentos expuestos deben ser dirigidos a las ramas políticas del Gobierno, el Congreso y el Ejecutivo, y no a la Corte [pág. 318] nosotros hemos enfatizado en el pasado reciente que "[nuestra] la apreciación individual sobre la sabiduría o inconveniencia de un particular [legislativo] enfoque. . . será apartado del proceso de interpretación un estatuto." TVA v. Colina, 437 U.S., at. 194. Nuestra tarea, más bien, se limitan a determinar el significado que el Congreso dío a las palabras en el estatuto; una vez hecho eso nuestros poderes se agotan. El Congreso es libre de enmendar la §101 para excluir a los organismos producido por ingeniería genética de la protección patentaria. Cf. 42 U. S. C. § 2181 (a), exceptuando de las invenciones protegibles patentariamente a las referidas a "solamente útil en la utilización de material nuclear especial o la energía atómica en una arma atómica." O puede diseñar específicamente un estatuto para las cosas vivientes. Pero, hasta que el Congreso tome alguna acción al repecto, esta Corte debe traducir el lenguaje de la § 101 tal como está escrito, y ese lenguaje abarca la invención del solicitante..

De acuerdo con el fallo de la Customs Board and Patent Appeals se confirma su decisión.

Voto del Justice Brennan (disidencia por la minoría). 

Yo estoy de acuerdo con la Corte que la pregunta ante nosotros es muy puntual. Ni el futuro de la investigación científica, ni incluso si la habilidad del solicitante Chakrabarty merece algún monopolio por su trabajo al innovar, está en discusión. No se discute la patentabilidad de los procesos por los que él ha producido y ha empleado el nuevo organismo viviente. La única pregunta nosotros necesitamos responder es si el Congreso, ejerciendo su autoridad bajo el artículo I de la § 8 de la Constitución, ha expresamente afirmado que él puede obtener un monopolio sobre el propio organismo viviente, no importa cómo lo produjo o lo cómo usó. Porque creo que la Corte ha leído mal la legislación aplicable, disiento.

[pág. 319] Las leyes de patentes intentan reconciliar la profunda antipatía de esta Nación por los monopolios con la necesidad de animar el progreso. Deepsouth Packing Co. v. Laitram S.A., 406 U.S. 518, 530-531 (1972); Graham v. John Deere Co., 383 U.S. 1, 7-10 (1966). Dada la complejidad y naturaleza de la regulación legal de este tema, nosotros debemos tener cuidado en no extender la protección patentaria a casos más allá de los que el Congreso ha previsto. En particular, donde la legislación no se ha pronunciado,  las cortes deben dejar al Congreso las decisiones si y cómo extender el privilegio de la patente a las áreas donde la comprensión común ha sido que las patentes no son aplicables. Cf. Deepsouth Packing Co. v.. Laitram Co.., supra.

Sin embargo, en este caso, no nos enfrentamos a un vacío legislativo completo. El texto indubitable de la 1793 Patent Act, como se reformuló en 1952, no es la última declaración que el Congreso ha hecho en este área. En 1930 el Congreso promulgó la Plant Patent Act que otorga la protección patentaria a los creadores de ciertas plantas asexualmente reproducidas. En 1970 el Congreso promulgó la Plant Variety Protection Act para extender la protección a nuevas variedades de plantas capaces de reproducción sexual. Así, nosotros no estamos tratando -como la Corte lo sostendría- con el problema rutinario de "invenciones no previstas" Ante, at. 316. En estas dos leyes del Congreso el problema genérico de patentar invenciones de cosas vivientes se ha tratado y se ha escogido un lenguaje cuidadosamente limitado que concede protección a algunos tipos de descubrimientos, pero excluyendo específicamente otros. Estas Leyes evidencian claramente la limitación que excluye a las bacterias de la patentabilidad [pág. 320]

Primero, esas Leyes ponen de manifiesto que el Congreso entendió, por lo menos desde 1930, que la § 101 no incluye organismos vivientes. Si los organismos vivientes desarrollados artificialmente hubieran sido patentables bajo la § 101, las plantas incluidas en el alcance de las leyes de 1930 y 1970 podrían haber sido patentadas sin esas nuevas legislaciones. Esas plantas, como las bacterias involucradas en el presente caso, eran nuevas variedades no naturales; aunque la Corte, ante, at. 311, rechaza esta línea de argumento, no explica por qué las citadas leyes fueron necesarios a menos que lo fueran para corregir una situación pre-existente. Yo no puedo compartir la asunción implícita de la Corte cuyo argumento da a entender que el Congreso estaba comprometido en ejercicios ociosos o en la mera corrección de un registro público cuando promulgó las 1930 y 1970 Acts. Y ciertamente el pensamiento del Congreso era significativa. Los Informes del Comité contienen abundante prosa sobre los beneficios previamente indisponibles a ser derivados de extenderse la protección patentaria a las plantas. Repertorio de la Honorable Cámara de Representantes [Pág. 321] No. 91-1605, págs. 1-3 (1970); Repertorio del Senado. No. 315, 71st Cong., 2d Sess., 1-3 (1930). Porque el Congreso pensó que tenía que legislar para hacer los "productos agrícolas del hombre" invenciones patentables y porque cuando la legislación que promulga el Congreso está limitada, nunca se sigue que quiso decir algo más fuera del alcance de la legislación (en el caso sobre la materia patentable).

Segundo, la 1970 Act indica claramente que ese Congreso ha incluido bacterias dentro del enfoque de su preocupación legislativa, pero no dentro del alcance de la protección patentaria. El Congreso excluyó las bacterias específicamente del fondo de la 1970 Act. 7 U. S. C. § 2402 (a). Los esfuerzos de la Corte por proporcionar largas explicaciones para interpretar esta exclusión explícita. Es verdad que no hay ninguna mención en los antecedentes legislativos sobre esa exclusión, pero eso no nos da licencia para inventar razones. El hecho es que el Congreso, asumiendo que las cosas animadas como tales no podrían patentarse toda vez que no estaba tratados por la legislación, específicamente, excluyó a las bacterias de los organismos patentables.

Las consideraciones de la Corte que sostienen hoy su posición en el caso se fundan en la amplitud del texto de la § 101 que no puede "se confinado a '[las aplicaciones] particulares. . . contempladas por los legisladores. '" Ante, at. 315, que cita Barr v. United States, 324 U.S. 83, 90 (1945). Pero, yo he mostrado que la decisión de la Corte no sigue las implicaciones inevitables del estatuto. Más bien, extiende el sistema patente para cubrir material viviente [pág. 322] aunque el Congreso simplemente ha legislado en la creencia que la §101 no abarcan organismos vivientes. Es el papel del Congreso, no de esta Corte, ensanchar o estrechar el alcance de las leyes patentes. Esto es especialmente aplicable donde, como aquí, la composición que busca ser patentada implica materias de singular preocupación pública.

 


NOTAS:

[1] Burger, C., J., encabezó la opinión de la Corte a la que adhirieron Stewart, Blackmun, Rehnquist, y  Stevens, Jj.; por su parte Brennan, J., argumentó por la disidencia a la que adhirieron White, Marshall, y Powell, JJ. [La traducción pertenece a la Dra. T.  Zamudio]

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Última modificación: 09 de Marzo de 2007

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