Catálogo de la Colección "Derecho, Economía y Sociedad" Sitio Oficial de la Facultad de Derecho de la Universidad de Buenos Aires

Regulación jurídica de las biotecnologías

Curso dictado por la Dra. Teodora Zamudio

Equipo de docencia e investigación UBA~Derecho

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 Glosario

Los Derechos Humanos en relación con los alimentos transgénicos


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Por respeto intelectual los trabajos presentados por los alumnos se reproducen antes de las correcciones y/o discusión con los docentes.

Por   Yael Plavnick

Introducción al tema

Alimentos Transgénicos. Concepto y evolución

Estado actual de la cuestión

El derecho de alimentación

El derecho a la salud

Síntesis de ventajas y desventajas.

Ventajas

Medio ambiente

Alimentación Humana

 Desventajas potenciales

Medio ambiente

Alimentación Humana

Implicanciones sociales

Implicanciones económicas.

La bioseguridad

Bioseguridad en la Argentina

Instrumentos Jurídicos Nacionales

Conclusión

 

 

Introducción al tema

La biotecnología es un enfoque multidisciplinario que involucra varias disciplinas y ciencias (biología, bioquímica, genética, virología, agronomía, ingeniería, química, medicina y veterinaria entre otras).

En términos generales biotecnología es el uso de organismos vivos o de compuestos obtenidos de organismos vivos para obtener productos de valor para el hombre. En ese sentido es que se sabe que la biotecnología ha sido utilizada por el hombre desde los comienzos de la historia en tareas tales como la preparación del pan y de bebidas alcohólicas o el mejoramiento de cultivos y de animales domésticos. Ejemplo de lo dicho son ciertos relatos de la Biblia, fuente que indiscutidamente demuestra la antigüedad con que se utilizan las biotecnologías, como es el relato de la salida del pueblo hebreo de Egipto donde se menciona la falta de tiempo para hacer leudar al pan.

Históricamente, biotecnología implicaba el uso de organismos para realizar una tarea o función. Procesos como la producción de cerveza, vino, queso y yoghurt implican el uso de bacterias o levaduras con el fin de convertir un producto natural en un producto de fermentación.

Son varias y diversas las aplicaciones posibles de las biotecnologías. Un ejemplo es el compostaje, el cual aumenta la fertilidad del suelo permitiendo que microorganismos del suelo descompongan residuos orgánicos. Otros ejemplos incluyen la producción y uso de vacunas para prevenir enfermedades humanas y animales.

El objetivo general de este trabajo es el estudio de los alimentos transgénicos, vistos éstos como una de las biotecnologías modernas en constante utilización. Especialmente quisimos enfocar el estudio en el impacto de los transgénicos sobre determinados derechos existenciales como son el derecho de alimentación y el derecho a la salud.

No dejaremos de lado las observaciones sobre las posibles desventajas que pueden generar estas biotecnologías, pues consideramos que toda actividad científica debe implicar un serio y minucioso análisis que incluso evalúe los posibles peligros que pueda generar. En definitiva la actividad científica podrá generar amenaza sobre algunas de las especies, lo cual no supone la debacle final de esta última. Las denuncias de los peligros tecnológicos, que son a menudo explosivas y formuladas con escasa conciencia técnica de la situación, pueden en la mayoría de los casos ser respondidas -y conjurados los peligros- por los tecnócratas y científicos con serenidad, dados los errores y las imprecisiones de estas protestas; y, en otros casos, desplegar todos los remedios previstos para impedir esos posibles desastres que se temen, enumerar las medidas de seguridad que harían imposible que se cumpliesen esas catástrofes, explicar cómo y por qué una investigación no dañará a los individuos, ni provocará otros perjuicios.

Alimentos Transgénicos. Concepto y evolución

Se llaman alimentos Transgénicos a todos aquellos que proceden de Organismos Genéticamente Modificados (OGM) directa o indirectamente, por incluirlos en su proceso productivo.

La manipulación genética consiste en introducir genes específicos de otras especies o de la misma, en el genotipo de un Organismo, para que se manifiesten en su fenotipo esas características identificadas, que importarán un beneficio para los seres humanos, dirigido a satisfacer las necesidades del comercio, la producción, la salud y la alimentación.

No siempre son de hecho “transgénicos” ya que muchas veces el gen que se introduce proviene del mismo género, pero precisamente la ventaja de la ingeniería genética es que permite alterar los genes sin depender de los procesos naturales de reproducción. Interesan especialmente al momento de querer dotar a cierta variedad de plantas de determinada resistencia a un patógeno, que no posee, o darle mayor calidad.

La transgénesis o transferencia génica horizontal en plantas se puede realizar utilizando el ADN-T (transferible) del plásmido Ti (inductor de transformación) de la bacteria Agrobacterium tumefaciens que produce los tumores o "agallas" en las heridas que se originan en las plantas. En el proceso de infección, el ADN-T tiene la propiedad de poder pasar de la célula bacteriana a las células de las plantas, incorporándose al ADN de los cromosomas de éstas. Dicho de forma muy esquemática, la manipulación genética en este caso consiste en incorporar al ADN-T el gen que se desee introducir en la planta. La mayor eficacia de la técnica se consigue utilizando cultivos celulares de hoja o de tallo que son capaces de regenerar plantas adultas completas a partir de células que han sido genéticamente modificadas (transformadas) usando como vector el ADN-T.

Otras técnicas de transferencia de genes consisten en la introducción del ADN en protoplastos (células desprovistas de la pared celulósica por medios enzimáticos o químicos) utilizando el polietilenglicol o la electroporación. También se puede introducir el ADN en las células por bombardeo con microproyectiles (biobalística) formados por partículas de oro o tungsteno recubiertas con ADN del gen deseado.

Con las técnicas mencionadas (especialmente utilizando el ADN-T del plásmido Ti de Agrobacterium tumefaciens) se han obtenido plantas resistentes a virus, a insectos, a herbicidas, etc. Por ejemplo, desde hace más de treinta años se viene utilizando en agricultura y jardinería un insecticida especialmente eficaz contra las larvas de los lepidópteros cuya eficacia reside en la proteína Bt producida por la bacteria Bacillus thuringiensis. La ingeniería genética molecular ha permitido identificar y aislar el gen bacteriano que codifica para producir la proteína Bt (tóxica para la larva de los dípteros) y se ha logrado transferirlo a plantas transgénicas, haciéndolas resistentes a los insectos.

Otro caso interesante ha sido la obtención de plantas transgénicas de tomate, soja, algodón, colza, etc. a las que se les ha incorporado un gen que produce la resistencia al principio activo (por ejemplo, el glifosato) de los herbicidas de amplio espectro, lo cual permite eliminar las malas hierbas y malezas, tratando los campos con herbicidas que no dañan al cultivo. Este descubrimiento ha sido realizado y explotado por la compañía Monsanto, que lidera el Mercado de la soja distribuyendo el herbicida Roundup y la semilla resistente al mismo: Soja Roundup Ready. Por su liberación comercial, es uno de los cultivos transgénicos de mayor difusión en la Argentina y en el mundo, así como los maíces Bt que produce Novartis, que además de la resistencia a los insectos que le da la proteína Bt es inmune al herbicida Basta que distribuye la misma compañía.

También se han obtenido plantas transgénicas de tomate con genes que alargan el periodo de conservación y almacenamiento. Ello es gracias a que existen diferentes posibilidades de mejora vegetal mediante la utilización de la ingeniería genética (tecnología que recibió el mencionado nombre genérico y cuyo objetivo último es introducir, aumentar o quitar ciertas características hereditarias a un organismo vivo. Lo logra mediante técnicas que permiten la transferencia de genes específicos de una especie a otra, sin el concurso de la reproducción sexual). En el caso de los vegetales con genes contrasentido, el gen insertado produce un ARNm que es complementario del ARNm del enzima cuya síntesis se quiere inhibir. Al hibridarse ambos, el ARNm del enzima no produce su síntesis. En el caso de los tomates "Flavr -Savr" en enzima cuya síntesis se inhibe es la poligalacturonasa, precisamente es la responsable del ablandamiento y senescencia del fruto maduro. Al no ser activo, este proceso es muy lento, y los tomates pueden recogerse ya maduros y comercializarse directamente. Los tomates normales se recogen verdes y se maduran artificialmente antes de su venta con etileno, por lo que su aroma y sabor son inferiores a los madurados de forma natural. La misma técnica se ha utilizado para conseguir una soja con un aceite con alto contenido en ácido oleico (80 % o más, frente al 24% de la soja normal), inhibiendo la síntesis del enzima oleato desaturasa.

Es ardua la discusión sobre quienes acentúan los beneficios que se obtienen de estas biotecnologías, así como también los que se inclinan por resaltar los peligros que generan. Lo que es común a ambas posturas es el reconocimiento de la envergadura que tienen estas biotecnologías en la vida cotidiana. En tal sentido está dicho que los transgénicos aportan una ayuda decisiva a los agricultores de los países ricos y pobres en su lucha milenaria por mejorar las especies haciéndolas resistentes a las agresiones, a veces letales, de los insectos y las malas hierbas. Las naciones que cultivan estas plantas auto-inmunizadas -principalmente los Estados Unidos, Canadá, la Argentina y China- pueden producir más a menor costo y, sobre todo, usar menos pesticidas, con lo cual reducen la contaminación y mejoran la biodiversidad.

Según Guy Sorman, “nos encaminamos hacia las plantas inteligentes, hacia una agricultura de precisión que tendrá la doble virtud de mejorar el ambiente en los países prósperos y salvar a los pobres de la hambruna prometida por el crecimiento demográfico. Los pobres son conscientes de ello; los ricos, todavía no”.[1]

 

              I.      Estado actual de la cuestión

En la agricultura, la biotecnología se orienta a la superación de los factores limitantes de la producción agrícola a través de la obtención de variedades de plantas tolerantes a condiciones ambientales negativas (sequías, suelos ácidos), resistentes a enfermedades y pestes, que permitan aumentar el proceso fotosintético, la fijación de nitrógeno o la captación de elementos nutritivos. También se apunta al logro de plantas más productivas y/ o más nutritivas, mediante la mejora de su contenido proteínico o aminoácido.

Los vegetales transgénicos más importantes para la industria alimenticia son, por el momento, la soja resistente al herbicida glifosato y el maíz resistente al taladro, un insecto. Aunque se utilice en algunos casos la harina, la utilización fundamental del maíz en relación con la alimentación humana es la obtención del almidón, y a partir de éste: glucosa y fructosa. La soja está destinada a la producción de aceite, lecitina y proteína.

Un desarrollo paralelo es la producción de pesticidas (insecticidas, herbicidas y fungicidas) microbianos. Las técnicas que ya se emplean, o que están desarrollándose, van desde los cultivos de tejidos, la fusión protoplasmática, el cultivo in vitro de "meristemas", la producción de nódulos de "rhizobium" y "micorizas", hasta la ingeniería genética para la obtención de plantas de mayor capacidad fotosintética, que puedan fijar directamente nitrógeno, resistentes a plagas y pestes, etc. El cultivo de tejidos consiste en la regeneración de plantas completas a partir de una masa amorfa, de células, que se denomina "callo". En su forma más general, se aplica a todo tipo de cultivo "in vitro", desde simples unidades indiferenciadas hasta complejos multicelulares y órganos. El proceso consiste en la incubación, en condiciones controladas y asépticas, de una célula o parte de un tejido vegetal (hoja, tallo, raíz, embrión, semilla, "meristema", polen, etc.) en un medio que contiene elementos nutritivos, vitaminas y factores de crecimiento.

Hasta hace poco, los mejoradores agropecuarios cruzaban sólo a los "parientes cercanos" del reino animal o vegetal para crear nuevas variedades o razas; pero en la actualidad  es posible tomar genes de especies totalmente diferentes y crear nuevos productos y/o formas de vida.   Por ejemplo, los científicos tomaron el gen de las luciérnagas que emite luz y lo insertaron en el código genético de una planta de tabaco: la planta madura brilla 24 horas al día. Otros investigadores introdujeron un gen anticongelante del lenguado en el código genético de una planta de tomate para protegerla de las heladas. La Biotecnología, también, ha aplicado estas técnicas de transgénesis estableciendo las primeras granjas farmacéuticas en las que se crían ovejas, cabras, vacas o cerdos transgénicos que producen en su leche proteínas terapéuticas humanas.[2]

 

           II.      El derecho de alimentación

El derecho internacional establece el derecho de todas las personas a una alimentación adecuada, así como el derecho fundamental a vivir sin pasar hambre. A modo de ejemplo, citamos dos instrumentos jurídicos internacionales, con raigambre constitucional para la Argentina desde la reforma de 1994:

Artículo 25 de la declaración universal de Derechos Humanos:“(...)Toda persona tiene derecho a un nivel de vida adecuado que le asegure, así como a su familia, la salud y el bienestar, y en especial la alimentación, el vestido, la vivienda, la asistencia médica y los servicios sociales necesarios; tiene asimismo derecho a los seguros en caso de desempleo, enfermedad, invalidez, viudez, vejez y otros casos de pérdida de sus medios de subsistencia por circunstancias independientes de su voluntad.(...)”

Articulo 11 inciso 1del Pacto Internacional de derechos económicos sociales y culturales. “Los Estados Partes en el presente Pacto reconocen el derecho de toda persona a un nivel de vida adecuado para sí y su familia, incluso alimentación, vestido y vivienda adecuados, y a una mejora continua de las condiciones de existencia. Los Estados Partes tomarán medidas apropiadas para asegurar la efectividad de este derecho, reconociendo a este efecto la importancia esencial de la cooperación internacional fundada en el libre consentimiento”

Actualmente el derecho de alimentación es una constante preocupación mundial debido al nivel de desnutrición existente en diversos países y la suma a ello del progresivo aumento de población.

Así pues, en el marco de una reunión de representantes de los gobiernos, organizaciones no gubernamentales (ONG) y de otros grupos de la sociedad civil, se debatió las modalidades de ejecución para los estados de un derecho humano fundamental como es el derecho a la alimentación.

A su vez este último 27 de octubre en Roma se celebró el segundo encuentro del Grupo de trabajo sobre el derecho a la alimentación de la FOA. El Grupo de trabajo buscará el consenso de los países presentes en la elaboración de un conjunto de directrices de aplicación voluntaria, en apoyo a la realización gradual del derecho a una alimentación adecuada en el contexto de la seguridad alimentaria nacional.

La garantía del derecho a la alimentación impone diversas condiciones, entre ellas la inocuidad de los alimentos y protección al consumidor. Es evidente que dicha directriz fundamenta el mayor de los controles posibles frente a los alimentos transgénicos, pues implica el control de todos los alimentos destinados al consumo, por tanto apuntará especialmente a aquellos alimentos que serían susceptibles de provocar mayor daño o que poseen al menos un riesgo considerable de hacerlo.

Según la Organización Mundial de la Salud (OMS) mueren anualmente alrededor de 12 millones de niños menores de 5 años, que pertenecen, principalmente, a países en desarrollo. Para la OMS es evidente que tanto los niños con desnutrición severa como con déficit nutricionales leves o moderados están en un alto riesgo de muerte. Por otro lado, se sabe que la desnutrición causa un gran deterioro en el sistema inmune. Un niño desnutrido no puede defenderse ante la agresión de los microorganismos. Y tampoco puede responder a la aplicación de vacunas porque no es capaz de fabricar anticuerpos.

Las perspectivas que nos ofrece en la actualidad la ingeniería genética son estimulantes e intranquilizadoras respecto de esas preocupaciones. Las primeras plantas trasgénicas fueron obtenidas, por su mayor simplicidad, con genes de efectos muy específicos, como la tolerancia a herbicidas, resistencia a insectos, a virus o a hongos (modificación de rasgos agronómicos). Esto prometía a corto plazo un aumento en el rendimiento de los cultivos y un mejor aprovechamiento del suelo, incluyendo en ocasiones un ahorro significativo en el costo total del cultivo por hectárea. Otros desarrollos en estudio apuntan a mejorar las propiedades de los vegetales para ser almacenados, o a la adaptación de ciertas especies para que sean capaces de resistir condiciones ambientales adversas. Plantas transgénicas con propiedades más amplias, como una mejor calidad nutricional debido a la incorporación de proteínas, vitaminas, composición de ácidos grasos y suplementos minerales (modificación de la composición) ya fueron obtenidas y se encuentran en fase experimental.

Actualmente ya existen 50 alimentos transgénicos comercializados, la mayoría en Estados Unidos y Japón, pero sólo tres se pueden encontrar en el mercado español: el maíz, la soja y un derivado del tomate. No obstante, existen más de 300 que están a la espera de una autorización para estar a disposición de los consumidores.

La manipulación genética podría estar al servicio de resolver la desnutrición, toda vez que logra incrementar en calidad y cantidad los productos naturales y agregarles valor nutricional. Todo dependería de los controles de bioseguridad y de apuntar las innovaciones en técnica y ciencia para la resolución de problemas.

         III.      El derecho a la salud

A raíz de la reforma constitucional de 1994, diversos instrumentos internacionales de derechos humanos se encuentran consagrados en la cúspide del ordenamiento jurídico argentino, es decir, gozan de jerarquía constitucional (CN, art. 75, inciso 22). Entre éstos, se destaca el artículo 25, inciso 1 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos (la cual reviste el carácter de norma de derecho internacional consuetudinario al ser considerados sus postulados como la expansión genuina de las directivas emanadas del artículo 1, inciso 3 de la Carta de las Naciones Unidas) en cuanto dispone el derecho de toda persona a un nivel de vida adecuado que le asegure (..) la salud y el bienestar y, en especial, la asistencia médica; el artículo 11 de la Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre que establece el derecho de toda persona a que su salud sea preservada por medidas sanitarias y sociales acordes al nivel que permitan los recursos públicos del Estado obligado y los de la comunidad. Asimismo, el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, en su Art. 12 Párr. 1ro. y 2.c, establece que en los estados parte “deberán tomarse las medidas necesarias para la creación de condiciones que aseguren a todos asistencia médica y servicios médicos en caso de enfermedad para asegurar a toda persona el disfrute del más alto nivel posible de salud física y mental” .

El Pacto internacional de derechos Económicos, sociales y culturales, en cuanto al derecho a la salud, impone tres niveles de obligaciones de cumplimiento inmediato para los Estados, a saber: la obligación de respetar, proteger y cumplir. La obligación de cumplir requiere que los Estados adopten medidas apropiadas de carácter legislativo, administrativo, presupuestario, judicial o de otra índole para dar plena efectividad al derecho a la salud”. (Comité de DESC, puntos 30 y 33  de la OG 14, 11/08/2000. E/C.12/2000/4, CESCR) Esta obligación se satisface, preferentemente mediante la aplicación de leyes, y con la adopción de una política nacional de salud acompañada de un plan detallado para el ejercicio del derecho a la salud(Comité de DESC, punto36 de la OG 14, 11/08/2000. E/C.12/2000/4, CESCR).

En este marco encontramos las cuestiones referidas a las políticas relacionadas con las biotecnologías en alimentos, es decir los OMG que son alimentos. En relación a este punto se debe alcanzar la certeza razonable de que el uso intencional de un alimento y los vegetales lo son, por excelencia-, en las condiciones previstas para su consumo, y por lo tanto no causará ningún daño a la salud del consumidor.

Sin embargo debe considerarse las situaciones que quedan excluidas de esta afirmación como consecuencia del riesgo que acarrea toda actividad científica y por tanto toda innovación que se genera a partir de ella.

En ese sentido los alimentos y los microorganismos que se consumen con ellos pueden provocar enfermedades, sus efectos pueden ir desde una incomodidad leve hasta manifestaciones y síntomas más serios tales como fiebre, diarrea, vómito, deshidratación e incluso la muerte. Ya sea por fallas en el proceso de elaboración, conservación o distribución etc.

Los potenciales peligros que generan los transgénicos en relación a la salud de quienes los injieren, pueden ser la resistencia a los antibióticos, alergenicidad, peligrosidad potencial, en relación al desarrollo de productos o técnicas “potencialmente peligrosas”.

1-     Resistencia a los antibióticos. Para modificar el genoma de la planta se utiliza el gen que se quiere insertar y otros genes auxiliares. Algunos de estos genes auxiliares confieren resistencia frente a determinados antibióticos, para poder seleccionar las células modificadas. Así, el maíz modificado genéticamente tiene también el gen de la beta-lactamasa, que confiere resistencia al antibiótico ampicilina.

2-     Alergenicidad. La incorporación de un gen extraño agrega –además de la cualidad intrínseca deseable- características no esperadas; como en el caso de la frambuesa transgénica, la anexión de un gen animal (de resistencia al frío) a una planta provocó en los consumidores de la fruta reacciones alérgicas típicas, motivadas por las proteínas animales. Otro caso reciente es el hallazgo en el cultivo modificado genéticamente que más ampliamente se cultiva en el mundo: la soja Roundup Ready contiene ADN inesperado al lado de su gen injertado. Los datos iniciales que muestran que los fragmentos no eran genes activos y no tenían efectos sobre la planta, no silencian que adyacente a uno de esos fragmentos de gen hay otra cadena de ADN que no fue encontrada en la soja que no había sido creada por ingeniería genética y cuya existencia no fue intencionalmente provocada, ni sus efectos medidos a priori.

3-     Peligrosidad. Paralelamente al concepto de equivalencia sustancial se ha esgrimido la evaluación sobre la base de otra noción: producto o técnica “potencialmente peligrosa”. Para la evaluación de los productos –especialmente, los alimenticios- se ha introducido el concepto de "equivalencia sustancial", según el cual, si un alimento procedente de la nueva biotecnología se puede caracterizar como equivalente a su predecesor convencional, se puede suponer que no plantea nuevos riesgos, y por lo tanto, es aceptable para consumo. Pero algunos “accidentes” permiten advertir qué se trata de evitar al hablar del riesgo potencial.

Otro punto relacionado con la Salud y los alimentos transgénicos son las Enfermedades Transmitidas por Alimentos (ETA, es la sigla tal como se la reconoce en los distintos ámbitos vinculados a la alimentación) que son aquellas que se originan por la ingestión de alimentos infectados con agentes contaminantes en cantidades suficientes para afectar la salud del consumidor. Sean sólidos naturales, preparados, o bebidas simples como el agua, los alimentos pueden originar dolencias provocadas por patógenos, tales como bacterias, virus, hongos, parásitos o componentes químicos, que se encuentran en su interior.

Las enfermedades transmitidas por alimentos pueden manifestarse a través de:

Infecciones. Son enfermedades que resultan de la ingestión de alimentos que contienen microorganismos vivos perjudiciales. Por ejemplo: salmonelosis, hepatitis viral tipo A y toxoplasmosis.

Intoxicaciones. Son las ETA producidas por la ingestión de toxinas formadas en tejidos de plantas o animales, o de productos metabólicos de microorganismos en los alimentos, o por sustancias químicas que se incorporan a ellos de modo accidental, incidental o intencional desde su producción hasta su consumo. Ocurren cuando las toxinas o venenos de bacterias o mohos están presentes en el alimento ingerido. Estas toxinas generalmente no poseen olor o sabor y son capaces de causar enfermedades después que el microorganismo es eliminado. Algunas toxinas pueden estar presentes de manera natural en el alimento, como en el caso de ciertos hongos y animales como el pez globo. Ejemplos: botulismo, intoxicación estafilocócica o por toxinas producidas por hongos.

Toxi-infecciones causadas por alimentos: es una enfermedad que resulta de la ingestión de alimentos con una cierta cantidad de microorganismos causantes de enfermedades, los cuales son capaces de producir o liberar toxinas una vez que son ingeridos. Ejemplos: cólera

Para evaluar la incidencia que podrían tener los transgénicos en estas enfermedades es importante tener en cuenta la opinión emitida por la OMS, puesto que desarrollo 5 recomendaciones para evitar la propagación de las ETA. Tales recomendaciones son:

1) Conservar la higiene;
2) Separar alimentos crudos y cocinados;
3) Cocinar completamente los alimentos;
4) Mantener los alimentos a las temperaturas seguras;
5) Usar agua potable y materias primas seguras.

Dichas recomendaciones, como se ve, no mencionan específicamente algún supuesto relacionado con la manipulación genética, lo cual permitiría concluir que los transgénicos no representan en sí mismos un incremento de riesgo para el desarrollo de estas enfermedades. Dato que resulta interesante para conocer cuales son las consecuencias directamente provocadas por los alimentos con manipulación genética y cuales se le atribuyen sin conocimiento de fondo.

No obstante sí puede sostenerse que en el caso de los organismos vegetales genéticamente modificados la necesidad de seguridad se acentúa, dado que el material resultante deviene de un proceso innovador. Tales genotipos, por tanto, se hacen acreedores a una evaluación más rigurosa que tienda a minimizar los riesgos eventuales que estos organismos puedan traer a la salud humana y animal (efectos tóxicos, pleiotrópicos, alergenicidad, resistencia antibiótica, etc) y al medioambiente (alteraciones genéticas de otras especies vecinas –polución génica-, alteraciones del ecosistema, alteraciones indeseadas en los mismos genes del organismo manipulado, susceptibilidad, etc).

Para ello es de fundamental importancia las cuestiones relativas a la bioseguridad abordadas sintéticamente más adelante.

Es importante resaltar que uno de los aspectos que más estimula a la comunidad científica internacional en materia de alimentos transgénicos, es la posibilidad de desarrollar vacunas comestibles a partir de proteínas que podrían introducirse en ellos. De esta manera, los niños podrían ser inmunizados contra el cólera, la hepatitis B o la diarrea, comiendo una fruta en vez de recibir una inyección

En relación a los riesgos antes mencionados, el único riesgo cierto y probado es el de posibles efectos alergénicos, por ejemplo, en el caso de personas alérgicas al pescado, al ingerir frutas rojas o nueces de Brasil, a las que se les había introducido un gen de un pez del ártico, para hacerlas resistentes a heladas.

Por otra parte se temía que las mutaciones Bt, que hoy producen resistencia a antibióticos betalactámicos (incluyendo la ampicilina) en los vegetales, podrían pasar esta información genética a las bacterias del tracto intestinal humano o animal, generando la resistencia a tales antibióticos, con el consiguiente peligro sanitario. Pero nada de esto se ha probado.

Puede decirse que hoy en día no se conocen otros peligros sanitarios de los alimentos transgénicos que se han liberado, aunque ello no sea óbice para extremar los controles sobre las manifestaciones de los OGM que pudieran afectar la salud humana, en los ya autorizados, por el desconocimiento de sus efectos a largo plazo, y en los que todavía se encuentran a prueba en  los laboratorios o en el campo

El mayor riesgo temido de los transgénicos está representado por la polinización cruzada y los no previstos efectos recombinantes con otros genes, en mutaciones que sufren otros cultivos o las hierbas silvestres aledáneas que pueden adquirir la resistencia al componente del herbicida, volviéndose incombatibles o requiriendo cada vez mayores cantidades de herbicidas con la consiguiente erosión de los suelos y contaminación del agua. Sin embargo en este caso los más perjudicados son la biodiversidad y el ecosistema, dado que las plantas transgénicas tienen efectos importantes sobre las comunidades de insectos y otros animales, pues pueden dañar considerablemente otras especies vegetales al provocar la migración de estos insectos hacia ellas o pueden terminar por extinguir las especies originarias por cruzamiento y mayor resistencia genética, así como la propagación de las mencionadas “malas hierbas súper resistentes” y todas las alternativas posibles de insospechados cruzamientos y combinaciones con otros genes. Pero no ahondaremos en esta cuestion, propia de ser tratada con exclusividad.

Por último, en relación a la salud y los transgénicos, cabe advertir que el aumento en el uso de plaguicidas pondrá en peligro la salud de trabajadores y productores que aplican los productos.

Síntesis de ventajas y desventajas.

        IV.      Ventajas

A.     Medio ambiente

El glifosato es un herbicida relativamente poco tóxico y biodegradable que evita la utilización de herbicidas mas agresivos para el medio ambiente,

La manipulación genética reduce el uso de insecticidas. Solamente afecta a los insectos perjudiciales para la planta concreta.

En términos generales la biotecnología puede ser utilizada para le evaluación de estado de los ecosistemas, transformar contaminantes en sustancias no tóxicas, generar materiales biodegradables a partir de recursos renovables y desarrollar procesos de manufactura y manejo de desechos ambientalmente seguros. Los investigadores están explorando propuestas biotecnológicas para la solución de problemas en muchas áreas del manejo ambiental y asegurar la calidad tales como la restauración ecológica, detección de contaminantes, monitoreo, remediación, evaluación de toxicidad y conversión de basuras en energía. Los transgénicos son una de las actividades de la biotecnología actual, por tanto no habría motivo para dudar de que será alcanzado por los beneficios generales de la biotecnología para superar los riesgos que puedan provocar.

Algunos países ya han adelantado catálogos con toda la información genética de las especies autóctonas, para extremar su protección y para conseguir que sea respetado el Convenio en otros términos de mercado, como ser el pago de regalías que corresponde y el trabajo consensuado en bioprospección. En este sentido, han obtenido buenos resultados, tanto Costa Rica como México, que ya se encuentran trabajando con multinacionales como Monsanto, con laboratorios en el propio país, beneficiándose con la transferencia de tecnología y logrando el respeto por sus ecosistemas.

B.     Alimentación Humana

Básicamente, el aumento notable de la producción de alimentos necesarios para el abastecimiento de una cada vez mayor población.

La soja se utiliza como materia prima para obtener aceite, que luego es procesado químicamente por hidrogenación, y lecitina. Ninguno de estos dos productos contienen la proteína que ha sido introducida para inducir la resistencia. Son por tanto idénticos en todas sus propiedades físicas, químicas, biológicas, nutricionales y toxicológicas , procedan de soja "normal" o de soja "transgénica". Casi lo mismo puede decirse del maíz. Sus aplicaciones fundamentales son la obtención de almidón y de glucosa a partir de ese almidón.

Como precaución adicional, no se utilizan generalmente genes de resistencia a antibióticos importantes en clínica humana o frente a antibióticos nuevos que pudieran tenerla en el futuro. En todo caso, puesto que el gen de resistencia al antibiótico no juega ya ningún papel en la planta transgénica, si se considerara un riesgo, podría eliminarse.

Hasta hoy, está científicamente comprobado que los transgénicos no presentan ningún problema a la salud de las personas que los consumen, ni de los animales que los consumen, ni de las personas que consumen productos de estos animales. La alternativa que todavía no está científicamente descartada es la eventual influencia en el organismo a lo largo de varios años de consumo de este tipo de alimentos, y más aún, a través de varias generaciones. Pero luego de diez años de consumo por millones de personas, no hay ningún indicio científico que pueda suponer la aparición de alguna alternativa sanitaria de consecuencias fuera de control para la medicina humana.

           V.      Desventajas potenciales

C.     Medio ambiente

Greenpeace, ha empezado a llamar la atención sobre los peligros de la transferencia de genes transgénicos de los cultivos a las malezas emparentadas con ellos a través de la polinización cruzada. Los genes transgénicos que producen la tolerancia a los herbicidas y la resistencia a las pestes y los virus, por ejemplo, podrían escapar e insertarse en los genomas de las malezas, creando yuyos resistentes a los herbicidas, las pestes y los virus. Estos temores se vieron confirmados en 1996 cuando un equipo de investigación danés observó la transferencia de un transgén al genoma de una hierba silvestre (algo que las compañías de biotecnología habían descartado como una posibilidad remota o inexistente).

Los potenciales impactos de la liberación en el medio ambiente y de la utilización en la alimentación de los organismos modificados genéticamente (OMG) a largo plazo no están evaluados. Desde el punto de vista ambiental, los cultivos transgénicos presentan el muy grave riesgo de propagar contaminación genética, siendo impredecibles el comportamiento de los nuevos genes transferidos a especies silvestres y los peligros para los ecosistemas, como asimismo una disminución de la biodiversidad. Los cultivos transgénicos amenazan la diversidad genética al simplificar los sistemas de cultivo y promover la erosión genética.

Creación de supermalezas. La potencial transferencia de genes de Cultivos Resistentes a Herbicidas a variedades silvestres puede crear supermalezas si se producen cruzamientos entre ellos.

El uso de plantas resistentes a herbicidas aumentará el uso de estos químicos que contaminan suelos, agua y alimentos.

El uso de plantas que producen insecticidas, en donde se ha insertado el gen de una bacteria, por ej. Bacillus thuringiensis (Bt), que produce toxinas para plagas de la familia de los lepidópteros, aumenta el riesgo de que aparezca resistencia a estas toxinas, generando de esta manera una reducción de la población de insectos, afectando a animales insectívoros (aves, murciélagos) al privarles de sus presas. Sin embargo, cabe resaltar que se trata de un efecto poco importante, ya que solamente mata a aquellos insectos que pretenden alimentarse a expensas de la cosecha..

La existencia de plantas resistentes a virus pueden facilitar la creación de nuevos virus que provoquen enfermedades más severas.

Plantas que producen sustancias tóxicas como drogas o plaguicidas pueden presentar riesgos a otros organismos del ecosistema aunque éstos no sean el objetivo para el cual fueron pensadas dichas sustancias.

Habría que tener en cuenta que por Ej. los cultivos de maíz transgénico, pueden contaminar con su polen a cultivos normales a kilómetros de distancia por lo que no es necesario que se cultiven grandes superficies para poner en riesgo los cultivos de la zona.

Son justamente los países del Tercer Mundo, en desarrollo y países Tropicales, los más ricos en diversidad; aquellos que corren los mayores riesgos en cuanto a su protección. Ellos son los que al mismo tiempo se encuentran en mayores desventajas para limitar el desarrollo de las tecnologías productivas que le garantizan la posible inserción en los Mercados y el crecimiento económico. El perjuicio que provocará la dispersión de un transgénico en el país originario de la especie es mayor, porque puede invadir y extinguir especies autóctonas emparentadas, dilapidando un capital natural que podría ser útil en el futuro, como fuente de rasgos para programas de mejora genética. Por ejemplo: no sería aconsejable permitir maíz transgénico en la región meso-centroamericana, donde se encuentran multitud de variedades de maíz tradicionalmente cultivadas por los indígenas, y el teosinte, precursor silvestre de esta planta. Salvo que los datos científicos garantizaran la seguridad, a priori no sería ético poner en peligro el rico acervo genético y cultural ligado al centro de diversidad y domesticación de esta especie.

Uno de los problemas más grandes que no se ha tenido en cuenta históricamente (y que ha perdido oportunidad de hacerlo el mencionado Protocolo de Cartagena-Montreal) es el de la introducción de organismos extraños en ecosistemas diferentes, el tráfico transfronterizo de cualquier tipo de seres vivos, que sin ser transgénicos, han provocado la extinción absoluta de numerosas especies. Debería considerarse el impacto ambiental y estudio de los riesgos de cada uno de los organismos que se quieren introducir por sus posibles efectos adversos.

D.    Alimentación Humana

La aparición de nuevas toxinas o nuevas sustancias alérgicas no se ha descartado científicamente. Además, los genetistas han relacionado el surgimiento tanto de bacterias patógenas como de resistencia a los antibióticos con la transferencia de genes a especies no emparentadas, por infección a través de virus y por intermedio de partículas de ADN presentes en el ambiente que se han pegado a la célula, o por medio del cruzamiento inusual entre especies no emparentadas.

Es posible que el uso abusivo de antibióticos en la cría intensiva de animales y en la medicina, junto con la nueva práctica de la ingeniería genética a escala comercial, sean los principales factores que en los últimos años han contribuido a la rápida propagación de la resistencia múltiple a los antibióticos entre agentes patógenos nuevos y antiguos.

Muchos de los genes que están siendo insertados en los cultivos de alimentos nunca antes habían integrado la dieta humana y nadie sabe realmente cómo afectará esto a nuestra salud en el mediano y largo plazo, ya que por ejemplo, el maíz modificado genéticamente tiene también el gen de la beta-lactamasa, que confiere resistencia al antibiótico ampicilina.

la desinformación y la falta de legislación sobre el control y etiquetado de estos productos hace imposible que una persona pueda decidir libremente sobre su consumo o no. Por ejemplo, algunos vegetales transgénicos, como la soja y el maíz, se están usando mezclados y de forma indistinta con los cereales no modificados. Además, algunos alimentos modificados genéticamente se utilizan para dar de comer a animales que llegan al consumo de las casas, por lo que, aunque no se realice un consumo directo, llegan de forma indirecta a nuestra mesa sin saberlo.

        VI.      Implicanciones sociales

No hay que perder de vista que el uso de la ingeniería genética en la agricultura puede aumentar la producción (por un tiempo), pero a la vez reducir el empleo; hay proyecciones que estiman que unos 100.000 agricultores de países en desarrollo(Argentina, Uruguay, etc) podrían perder su medio de vida cuando la vainilla natural que exportan sea sustituida por versiones de laboratorio más baratas, como asimismo, el encarecimiento de las semillas y la necesidad de comprar insumos importados serán un factor más para la desaparición de los agricultores familiares.

El conflicto que se genera frente a los posibles beneficios que la manipulación genetica puede producir en la salud, es que el desarrollo de la biotecnología en el ámbito del perfeccionamiento, entendido este como llevar un caso particular a parámetros “normales”, producirá nuevos métodos curativos de alcance restringido en virtud de sus altos costos, ya que estos se ven conformados por los valores de producción más los gastos incurridos para haber llegado a ese conocimiento. De esta forma, el Estado, no podrá garantizar materialmente la prestación de tales servicios novedosos a los sectores de bajos recursos que no puedan solventarlos. Queda entonces la pregunta acerca de si tal situación vulnera el derecho a la igualdad, consagrado constitucionalmente en el Art. 16, por no poderse acceder de forma igualitaria a estas técnicas curativas más avanzadas, en virtud de la consideración de la salud como una necesidad colectiva. No obstante resaltemos que la inaccesibilidad de tales servicios será siempre temporal ya que los altos costos se mantendrían sólo durante la vigencia de las patentes, y que una vez finalizado el plazo el desarrollo redunda en beneficio de toda la comunidad y se torna más accesible.

      VII.      Implicanciones económicas.

La introducción de los OMG en la agricultura crea el monopolio de unas pocas multinacionales sobre la producción de alimentos, lo que pone en peligro la soberanía de los pueblos y de los países. Las semillas transgénicas están desarrolladas y vendidas bajo patentes por un puñado de grandes empresas que se pueden permitir la investigación biotecnológica, no siempre movidas por motivos humanitarios sino por la rentabilidad de sus actividades.

El proceso de concentración feroz que está ocurriendo en el campo de la ingeniería genética dejaría a los productores y a los economías de los países del Sur a merced de una o dos trasnacionales, que amparadas en el marco legal de los derechos de propiedad intelectual contemplados primero en la Ronda Uruguay del GATT y ahora en la OMC, se convertirían en dueñas de las fuentes de la seguridad alimentaria de nuestros países

 

La bioseguridad

¿Cómo saber a ciencia cierta si un nuevo producto modificado genéticamente es inocuo para la salud humana y animal, como no sea consumiéndolo y estudiando directamente los efectos provocados por la ingesta?

Por bioseguridad debe entenderse “la utilización inocua y sostenible desde el punto de vista ecológico de todos los productos biológicos y las aplicaciones para la salud humana, la biodiversidad, y sostenibilidad del medio ambiente en mejora de la seguridad alimentaria mundial”[3]

Es necesario contar con normativa adecuada en materia de bioseguridad, evaluación del riesgo de los productos biotecnológicos y mecanismos e instrumentos para supervisar la utilización y el cumplimiento a fin de asegurar que no se produzcan efectos colaterales, perjudiciales para el medio ambiente y para la salud de la población.

La OMS y la Food and Agriculture Organization (FAO), organismo dependiente de las Naciones Unidas (ONU), convocaron una reunión de expertos para analizar este problema en 1990. Los asistentes acordaron entonces que la comparación entre un nuevo producto alimenticio con otro que ya posee un estándar de seguridad aceptado y aceptable, proporciona un elemento importantísimo para la evaluación de seguridad del producto nuevo. Este es pues el concepto de "equivalencia sustancial", según el cual si un alimento procedente de la nueva biotecnología se puede caracterizar como equivalente a su predecesor convencional, se puede suponer que no plantea nuevos riesgos, y por lo tanto, es aceptable para consumo.

Pero hay que tener claro que la equivalencia sustancial no viene a sustituir a las evaluaciones de seguridad más rigurosas, sino sólo a exigir que la variedad genéticamente manipulada sea tan segura como la antigua predecesora. De hecho, en el caso de identificarse alguna diferencia, se realizan ensayos nutricionales, inmunológicos y toxicológicos adicionales.

   VIII.      Bioseguridad en la Argentina

En Argentina, desde 1991 comienza a generarse interés por parte del sector privado y de grupos de investigación nacionales para la realización de ensayos con organismos genéticamente modificados. Para ello, es creada la CONABIA (Comisión Nacional Asesora de Biotecnología Agropecuaria) , como instancia de consulta y apoyo técnico en la formulación e implementación de la regulación para la introducción y liberación al ambiente de materiales genéticamente modificados.

El sistema regulatorio de bioseguridad en la Argentina está organizado alrededor de la CONABIA, órgano constituido dentro de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación. Es importante resaltar que la CONABIA es multisectorial y está constituida por representantes de los sectores públicos, académicos y privados vinculados a la biotecnología agropecuaria. Los miembros de la CONABIA actúan a título individual y no por su representación sectorial. En cumplimiento de sus funciones, la CONABIA analiza las solicitudes para la realización de pruebas de campo y de plantas genéticamente modificadas. Tiene también como función, asesorar a la Secretaría en lo relativo a la experimentación, manipulación y liberación al ambiente, de microorganismos genéticamente modificados y otros productos que pudieran ser derivados.

En relación a la estructura del sistema regulatorio de bioseguridad en la Argentina, hay tres aspectos que vale la pena enfatizar. El primero tiene que ver con la base conceptual de la normativa, los dos restantes hacen la organización del mismo.

El sistema parte de la premisa que lo que está sujeto a evaluación es el producto y no el proceso que le ha dado origen, por lo tanto la evaluación se realiza caso por caso, según las características del producto y en función del uso asignado, teniendo presente los distintos aspectos de proceso solo en aquellos casos que se sospeche que los mismos puedan significar un riesgo para el ambiente, la producción agropecuaria o la salud humana o animal.

En cuanto a la organización, la CONABIA no cuenta con estructura propia, sino que actúa a través de los organismos y normativas que componen el sistema regulatorio general para el sector agropecuario. Esto es el ex INASE y el SENASA y las normativas existentes en Argentina en materia de protección vegetal según el Decreto-Ley de Defensa Sanitaria de la Producción Agrícola N° 6.704/63 y sus modificaciones, de semillas y creaciones fitogenéticas y de sanidad animal.

Este sistema ha funcionado desde 1991 hasta la fecha de forma efectiva, siendo quizás su capacidad para evolucionar acompañando el desarrollo del sector su principal virtud. Esto se pone en evidencia dado que sus integrantes han sido participantes activos de la discusión internacional sobre el tema de bioseguridad y el de los procesos regulatorios asociados a la misma. Estos aspectos han sido reconocidos en acuerdos firmados con distintos países para compartir experiencias e intercambiar información, y en un estudio desarrollado por el “International Biotechnology Service”, del Servicio Internacional para la investigación Agrícola Nacional, el cual concluye que “…en su conjunto la organización y funcionamiento del sistema regulatorio de la bioseguridad en la Argentina, constituye un modelo útil para otros países que enfrentan el desafío de asegurar el uso seguro y responsable de la biotecnología agropecuaria” (traducción de los autores del original en ingles).

Llama la atención la relativamente baja jerarquía del marco jurídico e institucional con que cuenta la CONABIA y la poca capacidad de investigación en temas vinculados a la bioseguridad que hay en el país.

Es de importancia destacar que la CONABIA es un organismo de carácter exclusivamente asesor y está funcionando sobre la base de una resolución del Secretario de Agricultura.

Durante 2001 se trabajo conjuntamente entre la SAGPyA y miembros del Congreso de la Nación para la redacción y sanción de una ley sobre bioseguridad, que cumpla con las obligaciones internacionales del estado, pero desafortunadamente, y como consecuencia de la crisis política e institucional que se desencadenó en diciembre de ese año, el proyecto no llegó a ser tratado formalmente y no existen, por el momento indicios que en el corto plazo valla a ser tratado en la cámara correspondiente, a pesar de que dicho proyecto significaba un importante avance en la materia ya que establecía claramente la orientación conceptual, así como los temas a tomar en cuenta y las instancias que deberían participar en el análisis de riesgos.

En conclusión, el sistema regulatorio de bioseguridad en la Argentina tiene un incipiente, aunque no por eso desacertado desarrollo. Pero es evidente que, tanto su contexto jurídico e institucional como sus capacidades técnicas y científicas están quedando desactualizadas frente a los progresos de la biotecnología, lo cual ha sido reconocido por las autoridades y otros actores sociales vinculados al sector de la biotecnología.

        IX.      Instrumentos Jurídicos Nacionales

La normativa Argentina está basada en las características y riesgos identificados del producto biotecnológico y no en el proceso mediante el cual dicho producto fue originado. En otras palabras, se aplica a los productos OGM en función del uso propuesto, contemplando solo los puntos en los procedimientos empleados para su obtención que pudieran generar un riesgo para el ambiente, la producción agropecuaria o la salud pública. Esas son las condiciones a reunir a fin que la Comisión evalúe cada solicitud que le sea presentada.

En el marco del Convenio de Diversidad biológica de Río de Janeiro (firmado por 170 países, entre los que no se halla EE. UU.) y el Protocolo de Cartagena- Montreal, firmado en el año 2000 por 130 países), la Argentina se hace cargo del control y la liberación responsable de los OGM a través de la Comisión Nacional de Biotecnología Agropecuaria (CONABIA), que acompaña todos los procesos en laboratorios y pruebas de campo de los organismos mencionados con una política de máxima prevención y acompañamiento de los cultivos, previa a su autorización. A su vez, da la Reglamentación específica con los requisitos técnicos y de bioseguridad que debe reunir la Experimentación y/ o Liberación al Medio, tanto de Organismos vegetales genéticamente modificados como de Microorganismos Genéticamente modificados y/ o sus productos, para aplicaciones en Animales. Esto significa que antes de llegar al comercio un transgénico debe atravesar todos los controles de la CONABIA, de calidad Ambiental, luego los del SENASA, que analiza la equivalencia sustancial del alimento, por sus beneficios nutritivos y por último los económicos, de impacto en el mercado y de protecciones al consumidor y antimonopolios, siendo este último organismo el que autorizará la comercialización del OGM.

 Estas dos últimas instancias son las que mayores dudas generan en la actualidad porque no se logra frenar el monopolio de las multinacionales (el 90% de la soja que se cultiva en el país es de Monsanto, así como el herbicida que requiere) ni el derecho del consumidor a un etiquetado claro, que todavía no se generaliza, a pesar de que en Europa ya es obligatorio, por las deficiencias del Protocolo y  la falta de regulación interna.

La primera norma sobre identificación de alimentos genéticamente manipulados fue la Ordenanza Municipal 1121/01, sancionada por el Consejo Deliberarte de San Carlos de Bariloche, que fue vetada por el ejecutivo municipal, determina que todo alimento resultante del uso de técnicas de ingeniería genética en la producción y/ o proceso del mismo, debería ser posible de ser identificado mediante un listado (que se presente en forma visible), que estaría a disposición del público en general, en los comercios del municipio. El listado a que hace referencia la ordenanza sería, proveído a los comercios por la autoridad Municipal correspondiente, la que además ejercería el contralor de la misma.

El documento que frustra la Ordenanza pone el acento en fundamentos legales por los cuales la ordenanza en cuestión no puede ser implementada en el municipio, ya que contrarían normas del Código Alimentario Argentino, Normas del MERCOSUR y normas del Códex Alimentarius

Por su parte, las siguientes son las normas básicas del Código Alimentario Argentino respecto de la identificación (etiquetado y rotulación) de alimentos. Tiene vigencia en todo el país. (Art. 1°, Ley 18.284); Es de cumplimiento obligatorio por las autoridades (Art. 2° Ley 18.284); Todo alimento, condimento, bebida, sus materias primas y aditivos, deben ser expresamente autorizados (Art. 13 y 14 CAA; Art. 3° Reglamentación de la Ley 18.284); Las autoridades deben organizar un registro de Establecimientos y otro de Productos Alimenticios (Art. 7° Ley 18.284).

El Código Alimentario está en permanente modificación, según los adelantos tecnológicos, por lo que las Autoridades deben obligadamente conocer cada nueva actualización.

Las autoridades tienen el poder de policía sobre todos los alimentos que circulan y venden en su jurisdicción, aunque se produzcan en otra. Estos deben poseer certificado autorizante.

Todo producto elaborado y envasado debe llevar ROTULO, con los requisitos de la Res. MERCOSUR GMC N° 036/93.

 

Conclusión

Vivimos inmersos en sociedades de riesgo, y nos avenimos a correrlos a cada paso, en nuestro afán por ir más lejos. Sin embargo esta valentía no puede transformarse en temeridad, y por ello se hace necesario la evaluación de riesgos y las distintas medidas de bioseguridad que deben ser adoptadas.

Es por ello que debe ser aceptado que ningún sistema de evaluación de riesgos es completo o infalible, tanto como no lo es el manejo del hombre sobre la naturaleza. Las regulaciones pueden resultar insuficientes y los mecanismos de control rudimentarios para prevenir, minimizar o eliminar por completo todos los riesgos inherentes a las actividades de investigación, producción, enseñanza y desarrollo tecnológico.

Los OMG ofrecen una alternativa de incremento en la eficiencia de la producción material, fundamentalmente en la agricultura; también en la nueva generación de medicamentos individualizados que caracterizarán el arsenal terapéutico del futuro; y, por último, pueden contribuir a la recuperación de los ecosistemas degradados.

Entendemos que el desarrollo de esta tecnología de manipulación de organismos vivos, para modificarlos genéticamente, tiene que ir acompañada por una severa estimación de riesgos caso por caso.

El avance de estas tecnologías ponen en cuestión nuestra supervivencia como especie a la vez que resaltan la superioridad de los humanos en cuanto uso de razón y ciencia. Por ello debe obligarnos a continuar con el descubrimiento, y aspirar al avance continuo e ininterrumpido de aquél, sin dejar de lado las prevenciones y cuidados necesarios pero que no nos vuelvan temerosos de lo que es inevitable a la condición humana de todos los siglos: el anhelo por el conocimiento, con más la característica esencial del siglo en que vivimos: la certeza de que existe la posibilidad real y concreta de alcanzarlo.

 

Bibliografía

Biotecnología, Transgénesis y Equivalencia Sustancial por Sergio Cecchetto

Organismos Genéticamente Modificados (OGMS) Actualización de Asuntos Regulatorios en el Derecho Comparado. Su análisis en Argentina, Estados Unidos y la Comunidad Europea. por Máximo Cafici 

www.salud.bioetica.org

 www.biotech.bioetica.org

Apuntes para un régimen de la responsabilidad en el ámbito de la actividad biotecnológica. Por Sonia Blanco Garrido.

www.rabinovich-berkman.com.ar

www.fao.org

Bioética y Derechos Humanos, Pedro Federico Hooft. Ed. Depalma 1999 BsAs.

www.prodiversitas.bioetica.org

www.zamudio.bioetica.org/biblio8.htm

 


NOTAS:

[1] Guy Sorman, profesor del Instituto de Ciencias Políticas de la Universidad de París.

[2] Apuntes para un régimen de la responsabilidad en el ámbito de la actividad biotecnológica. Por Sonia Blanco Garrido.

[3]Informe del comité de Agricultura 15º período de sesiones. Roma 25 al 29 de Enero 1999, sala roja Pto. II-D

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Colección: Derecho, Economía y Sociedad

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Última modificación: 09 de Marzo de 2007

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