Catálogo de la Colección "Derecho, Economía y Sociedad" Sitio Oficial de la Facultad de Derecho de la Universidad de Buenos Aires

Regulación jurídica de las biotecnologías

Curso dictado por la Dra. Teodora Zamudio

Equipo de docencia e investigación UBA~Derecho

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 Glosario

Los alimentos transgénicos y los derechos de los consumidores


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Por Stella Díaz  

 

“Los consumidores tienen derecho a una mayor protección e información...En primer lugar exigimos a las autoridades que se encargan de ejercer los mecanismos de control que realicen su trabajo sin ceder ante los imperativos comerciales y políticos... que los productores adopten una política  de transparencia de cara a los consumidores y que faciliten el acceso a la información que manejan sobre sus experimentos, aplicaciones, contrólense, etc.”

(El Ojo del Consumidor, Adelco, Buenos Aires.)

 

INTRODUCCIÓN:

BIOTECNOLOGÍA, BIODIVERSIDAD Y TRANSGÉNICOS: conceptos y antecedentes.

Biotecnología:

Biodiversidad:

Transgénicos o derivados de Organismos Genéticamente Modificados:

BREVES CONSIDERACIONES REFERIDAS A LOS IMPACTOS DE LOS ALIMENTOS TRANSGÉNICOS EN EL MEDIO AMBIENTE y EN LA SOCIEDAD

Impactos en el medio ambiente:

Impactos sociales:

ASPECTOS LEGALES A NIVEL INTERNACIONAL

a) Convenio sobre Biodiversidad:

b) Del Convenio sobre Biodiversidad al Protocolo de Cartagena de Bioseguridad sobre Transgénicos acordado en Montreal:

c) Organización de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación

d) Programa Nacional de las Naciones Unidas para el Desarrollo

e) Acuerdos multilaterales en el marco de la OMC (Organización Mundial del _Comercio)

f) Organización Mundial de Sanidad Animal

TRANSGÉNICOS EN NUESTRO PAÍS:

NORMATIVA NACIONAL RELACIONADA CON LA CUESTIÓN DE LOS TRANSGÉNICOS.

¿CÓMO SE PUEDEN IDENTIFICAR LOS ALIMENTOS GENÉTICAMENTE MANIPULADOS?

El  etiquetado:

CONCLUSIONES:

BIBLIOGRAFÍA:

 

 

 

 

INTRODUCCIÓN:

 

He decidido analizar el fenómeno de los productos genéticamente modificados, en base a la siguiente hipótesis: “En la mayoría de los casos existe una violación al derecho de información de los consumidores con respecto al rotulado de los productos transgénicos”.

 

Mi intención en este trabajo será comprobar o refutar dicha afirmación, para ello es necesario realizar un análisis sobre los conceptos a utilizar relacionados  al tema, las normas nacionales e internacionales relacionadas con el tema, los factores de presión en juego.

 

Por ser consumidora, como el resto de la población,  el tema me resulta importantísimo y a la vez preocupante, por lo que intentaré dar respuestas a mis interrogantes, de los cuáles muchos  de ellos serán comunes al resto de la población.

BIOTECNOLOGÍA, BIODIVERSIDAD Y TRANSGÉNICOS: conceptos y antecedentes.

 

Es preciso aclarar los conceptos de los términos a utilizar a lo largo del trabajo.

 

Biotecnología:

 

El Diccionario de la Real Academia define a la biotecnología como “el conjunto de técnicas que utilizan las propiedades bioquímicas de entidades biológicas para  mejorar la producción agrícola o la fabricación industrial de compuestos químicos diversos”.

 

Es necesario aclarar que la biotecnología no es una ciencia sino un enfoque multidisciplinario que involucra varias disciplinas y ciencias como la biología, la bioquímica, la genética, la virología, la agronomía, la medicina, entre otras.

 

En términos generales biotecnología es el uso de organismos vivos o de compuestos obtenidos de organismos vivos para obtener productos de valor para el hombre.[1]  

 

Históricamente la biotecnología fue utilizada por el hombre en actividades tales como la preparación de pan y de bebidas alcohólicas o el mejoramiento de los cultivos y de los animales domésticos.

 

Históricamente la biotecnología puede dividirse en cuatro períodos:

 

El primero corresponde a la era anterior a Pasteur y sus comienzos se confunden con los de la humanidad. En dicha época, la biotecnología se refiere a las prácticas empíricas de selección de plantas y animales y sus cruzas, y a la fermentación como un proceso para preservar  y enriquecer el contenido proteico de los alimentos.  Dicho período se extiende hasta la segunda mitad del siglo XIX, caracterizándose como la aplicación artesanal de una experiencia resultante de la práctica diaria.

 

La segunda era biotecnológica comienza con la identificación, por Pasteur, de los microorganismos como causa de la fermentación y el siguiente descubrimiento por parte Buchner de la capacidad de las enzimas, extraídas de las levaduras, de convertir azúcares en alcohol. Estos desarrollos dieron impulso a la aplicación de técnicas de fermentación en la industria alimenticia y al desarrollo industrial de productos como las levaduras, los ácidos cítricos y lácticos y al desarrollo de una industria química para la producción de acetona, “butanol” y glicerol, mediante el uso de bacterias.

 

La tercera época en la historia de la biotecnología se caracteriza por desarrollos totalmente distintos, ya que se da una expansión vertiginosa de la industria petroquímica, la que tiende a desplazar los procesos biotecnológicos de la fermentación, y además se da el descubrimiento de la penicilina por Fleming en 1928, la que da los cimientos para la producción en gran escala de antibióticos, a partir de la década de los años cuarenta.

En la misma época se da otro desarrollo importantísimo: comienzo de la aplicación de variedades híbridas en la zona maicera de los estados Unidos (“corn belt”),  así se inicia el camino a la “revolución verde”.

 

La cuarta era de la biotecnología es la actual, la que se inicia con el descubrimiento de la doble estructura axial del ácido “desoí-ribonucleico” (ADN) por Crick y Watson en 1953, los procesos que permiten la inmovilización de las enzimas, los primeros experimentos de ingeniería genética realizados por Cohen y Boyer en 1973 y aplicación en 1975 de la técnica del “hibridoma” para producir anticuerpos  “monoclonales” (Milstein y Kohler).

 

   

Biodiversidad:

 

La biodiversidad, según la Real Academia, es la “diversidad de las especies vivientes y de sus caracteres genéticos”.

 

Encontramos un concepto más completo en el Convenio sobre la diversidad biológica (art. 2º), el que lo define como “La variabilidad de organismos vivos de cualquier fuente, incluidos, entre otras cosas, los ecosistemas terrestres y  marinos, y otros ecosistemas acuáticos y los complejos ecológicos de los que forman parte;  comprende la diversidad dentro de cada especie, entre las especies y de los ecosistemas”.

 

Incluye tres niveles[2], los cuales no son excluyentes sino que los mismos se complementan. Los mismos son los siguientes:   

 

los ecosistemas: formados por una comunidad de organismos, los que interactúan entre sí y con el medio circundante. Pueden ser naturales o creadas por los seres humanos (ejemplos: campos de cultivo o las ciudades).

 

las especies: se entiende por especie a un conjunto de organismos que comporten muchas características. Así, la diversidad de especies se refiere a la variabilidad de animales, plantas, hongos, virus y otros microorganismos que habitan en un lugar  determinado.

Se clasifican en grandes grupos como mamíferos, aves, reptiles, anfibios, peces, insectos o plantas.

 

los genes: son un aparte de las células donde está almacenado el material hereditario que pasa de una generación a otra. Cada gen posee información sobre una o varías características físicas (como puede ser el color de la piel), controla funciones reguladoras  de la vida (como la elaboración de proteínas), o puede albergar información relacionada con el comportamiento.

 

Transgénicos o derivados de Organismos Genéticamente Modificados:

 

Los alimentos genéticamente modificados son fruto de la aplicación de la biotecnología, a través de la utilización de seres vivos o parte de ellos para modificar o mejorar animales o plantas, o para desarrollar microorganismos.

 

Son todos aquellos que proceden de Organismos Genéticamente Modificados (OGM) directa o indirectamente, por incluirse en su proceso productivo. En términos claros se puede decir que la manipulación genética consiste en introducir genes específicos de otras especies o de la misma, en el genotipo de un Organismo, para que se manifiesten en su fenotipo esas características identificadas.

 

O sea que, no siempre son de hecho  “transgénicos” ya que muchas veces el gen que se introduce proviene del mismo género.

 

Con esta técnica se han roto las barreras naturales para la reproducción y creación de seres vivos, pues en condiciones naturales sólo es posible el cruzamiento de plantas o animales de la misma especie.

 

Se conoce como método convencional, el que consiste en realizar un primer cruzamiento con un individuo que lleve el gen deseado y luego mediante un proceso continuado de cruzamientos con individuos del genotipo original  (retrocruzamiento) y selección para el carácter (gen) que se quiere introducir, se puede llegar a obtener tras un proceso más o menos largo individuos con el genotipo original al que se ha añadido el gen deseado.

 

La transgénesis o transferencia génica horizontal en plantas se puede realizar utilizando el ADN-T (transferible) del plásmido Ti (inductor de transformación) de la bacteria Agrobacterium tumefaciens que produce los tumores o “agallas” en las heridas que se originan en las plantas. En el proceso de infección, el ADN-T tiene la propiedad de poder pasar de la célula bacteriana a las células de las plantas, incorporándose al ADN  de los cromosomas de éstas.

 

También hay mencionar otras técnicas de transferencia de genes, que consisten en la introducción del ADN en protoplastos (células desprovistas de la pared celulósica por medios enzimáticos o químicos) utilizando el polietilenglicol o la electroporación. Además se puede introducir el ADN en las células por bombardeo con microproyectiles (biobalística) formados por partículas de oro o tungsteno recubiertas con ADN  del gen deseado.

 

 

En 1972 se realizó la primera transferencia  genética artificial entre especies diferentes (una bacteria y un virus). Años después se incorpora un gen de una bacteria en una petunia logrando así la primer planta genética.

 

En 1973 los científicos Stanley Cohen y Herbert Boyer producen el primer organismo recombinando partes de su ADN en lo que se considera el comienzo de la ingeniería genética.

 

En 1983 se realiza por primera vez la transferencia exitosa de un gen a una planta lográndose una planta de tabaco resistente a un antibiótico.

 

En 1985 se admite por primera vez la posibilidad de patentar variedades de plantas modificadas genéticamente.

 

En 1986 se extiende el uso de las técnicas recombinantes del ADN transfiriendo partes del ADN de organismos a plantas para hacerlas resistentes a insectos, virus y bacterias.

 

Desde 1986 se han realizado 25.000 ensayos en plantas transgénicas en todo el mundo y de ellos más de 10.000 en los últimos años.

 

En 1990 La Comunidad Económica Europea publica las primeras normas sobre el uso y diseminación voluntaria en el medio ambiente de organismos genéticamente modificados.

 

En 1992, China planteó una variedad transgénicas de tabaco diseñada para resistir a ciertos virus y se convirtió en el primer país con cultivos de este tipo para fines comerciales. Los agricultores de Estados Unidos sembraron el primer cultivo transgénico dos años después. En 1998 nueve países tenían cultivos transgénicos y se espera que pronto lleguen a 25 países.

 

En 1993 es liberada a la venta al publico por primera vez una variedad transgénica vegetal de consumo, el pionero es el tomate conocido como 'Flavr savr'.

 

En  1996 se cultivaron 2 millones de hectáreas con plantas transgénicas y sólo 2 años después llegó a 27.8 millones de hectáreas.

 

La era de los “alimentos transgénicos” para el consumo humano directo se abrió el 18 de mayo de 1994, cuando la Food and Dug Administration de Estados Unidos autorizó la comercialización del primer alimento con un gen “extraño”, el tomate “Flavr-Savr”

 

Algunos ejemplos concretos de estos organismos genéticamente modificados:[3] 

 

la soja RoundupReady o soja transgénica: es una semilla de soja a la que se le ha introducido un gen que la hace resistente al glifosfato (herbicida que se comercializa con el nombre de Roundup). Ello garantiza el aumento de las ventas de herbicidas.

Maíz resistente al glifosato, un herbicida.

Gen “Terminator”: se aplica un mecanismo diseñado para que las plantas no den semillas fértiles, cortando de este modo el permanente ciclo de los vegetales. Tal tecnología se usa para controlar el mercado, ya que las compañías semilleras se garantizan el control y la venta de semillas cosecha tras cosecha.

 

¿Qué empresas los producen?

La soja Roundup-ready se produce en varios lugares del mundo. Argentina aprobó en marzo de 1996 la comercialización de la misma y actualmente los cultivos transgénicos son la mitad del cultivo del cultivo de soja (aproximadamente 2.000.000 de hectáeas). La multinacional Monsato es la propietaria de esta tecnología, como así también del herbicida Roundup, del maíz tolerante al glifosato y del maíz Bt. Los maíces Bt son producidos por Novartis, que además  de la resistencia a los insectos que le da la proteína Bt es inmune al herbicida Basta que distribuye la misma empresa.

El gen “Terminator” es propiedad de Delta and Pine, lo comercializa Monsato. Se ha aplicado ya en semillas de tabaco y algodón, próximamente se aplicará  a arroz, trigo y plantas de jardín.

 

En el terreno de las innovaciones biotecnológicas, la Argentina comenzó a incursionar firmemente a partir de 1996. Como sucede con todas las transformaciones profundas, la aparición de los OGMs generaron una gran controversia en todo el mundo en torno a sus costos y beneficios para los agricultores, los consumidores y las empresas multinacionales que detentan la propiedad de estos avances científicos. Estas discusiones se han extendido a los planos regulatorios y del comercio internacional y se manifiestan en temas cruciales, como son el proceso de aprobación de los OGMs y el etiquetado a nivel nacional e internacional, entre otras cuestiones. La difusión de los OGMs ha sido tan rápida que en la actualidad la Argentina es el segundo país, después de los Estados Unidos, en cuanto a la extensión que destina a los cultivos agrícolas sembrados con transgénicos.

 

BREVES CONSIDERACIONES REFERIDAS A LOS IMPACTOS DE LOS ALIMENTOS TRANSGÉNICOS EN EL MEDIO AMBIENTE y EN LA SOCIEDAD

 

 

Impactos en el medio ambiente:

 

Impactos considerados negativos:

 

reducen y amenazan la biodiversidad incrementando el monocultivo

el uso del pesticida Roundup produce impactos negativos, ya que:

es altamente tóxico para los peces.

Produce defoliación de bosques.

Es tóxico y mortal para las lombrices de tierra, las bacterias y los hongos beneficiosos del suelo.

La presencia del Roundup convierte en estériles en pocos años los suelos fértiles

Se podrían crear nuevas bacterias patogénicas y también supermalezas por la potencial transferencia de genes de cultivo resistentes a herbicidas, a variedades silvestres o parientes semidomesticados.

Aumento de resistencia de las plagas de insectos a la toxina bt.

Algunos cultivos transgénicos como la colza perjudican a las abejas destruyendo su habilidad natural para reconocer el olor de las flores. Ello hay que considerar pues, las abejas son y han sido el polinizador más efectivo para el agricultor, al afectarlas a ellas se perjudica el agroecosistema.

La tecnología “Terminator” requiere la aplicación de tetraciclina como estímulo externo que desencadena el proceso de muerte de muerte de la semilla. La tetraciclina  es un antibiótico de amplio espectro que mata las bacterias del suelo y reduce la biodiversidad circundante.

El uso de plantas resistentes a herbicidas aumentará el uso de estos químicos que contaminan suelos, alimentos y agua. Así, el uso de plantas que producen insecticidas, en donde se ha insertado el gen de una bacteria, por ejemplo el Bacillus thuringiensis (Bt), que produce toxinas para plagas de la familia de los lepidópteros, aumenta el riesgo de que aparezca resistencia a estas toxinas, generando así una reducción de insectos, afectando a los animales insectívoros (ejemplos: aves y murciélagos) al privarles de sus presas.

 

Impactos positivos:

 

Desde la observancia de los impactos positivos, hay que considerar que el glifosato es un herbicida relativamente poco tóxico y biodegradable, pero no es selectivo por lo que no puede utilizarse con cultivos de soja “normal”. Además, evita la utilización de herbicidas más agresivos para el medio ambiente.

 

Los pocrlamados defensores de los alimentos transgénicos entienden que nada es seguro para el medio ambiente, pues cada cosa que realiza la humanidad lo cambia. La cuestión que se plantean  es si la ingeniería genética es más segura para el medio que otras formas de cultivar alimentos; así sostienen  que hay que tener en cuenta que la mejora genética de las plantas ha salvado al medio de millones de kilogramos de pesticidas y de millones de litros de combustible. Los mismos sostienen que ello es debido a que los científicos tienen el mismo objetivo que los agricultores ecológicos: producir más volumen de mayor calidad y a mejores precios. Así, en los países desarrollados, la biotecnología proporciona una herramienta muy valiosa para ayudar a producir más comida y fibra sin deforestar grandes zonas para dejar espacio para granjas, pues permite la reducción del uso de agentes químicos.

 

Desde el punto de vista del impacto ambiental derivado del enorme incremento de la producción agropecuaria que experimentó el país durante la última década, un aspecto digno de considerar es que este fenómeno se ha producido de manera paralela a la difusión de la práctica de la siembra directa en los cultivos pampeanos. Esta práctica ha pasado de 300.000 hectáreas en 1990 a más de 9 millones en la campaña 2000/2001. La SD constituye uno de los factores primordiales en la expansión de la producción al permitir, entre otras cosas, el incremento del área cultivada con soja de segunda, sembrada a continuación de la cosecha de trigo, lo que en la práctica representó un aumento de 3 millones de hectáreas de tierra cultivable.

 

La coordinación entre siembra directa y soja resistente a herbicidas, está basada en dos conceptos tecnológicos:

Por una parte, nuevas tecnologías mecánicas que modifican la interacción del cultivo con el recurso suelo.

Por otro lado, abarca la posibilidad de utilización de un herbicida total, como es el glifosato, el cual sería ambientalmente neutros y con una alta efectividad para controlar todo tipo de malezas (y además no poseen poder residual).

 

Ambos aspectos desembocan en una mayor intensidad en el uso de insumos. Antes de producirse esta gran expansión de los transgénicos, la Argentina poseía condiciones favorables para la rápida adopción de los OGMs. En el país existía una industria de semillas, en tanto que algunas instituciones públicas ya contaban con una larga tradición en la renovación de germoplasma. Al mismo tiempo, el país ha tomado decisiones significativas en lo institucional, especialmente en lo referido a regulaciones de bioseguridad. Con estas condiciones favorables, la Argentina se convirtió en una excelente "plataforma de aterrizaje" para la rápida adopción de estos nuevos insumos tecnológicos.

 

Impactos sociales:

 

En la salud de las personas, desde el punto de vista de los impactos negativos:

 

El roundup, herbicida indispensable en el cultivo de la soja transgénica, provocaintoxicaiones graves por ingetión del mismo. También provoca irritación de la piel y los ojos, náuseas, dolor de cabeza y diarrea apersonas que lo manipulan. La exposición al Roundup (principalmente, las personas que viven en las cercanías de campos fumigados) produce: daños pulmonares, palpitaciones, náuseas, problemas de fertilidad, anomalías cromosómicas.

 Es posible que el uso abusivo de antibióticos en la cría intensiva de animales y en la medicina sean los principales factores que en los últimos años han contribuido a la rápida propagación de la resistencia múltiple a los antibióticos entre agentes patógenos nuevos y antiguos.

La ingeniería genética en general es´ta realizando manipulaciones sin considerar su efecto a largo plazo. Las alteraciones en la salud humana por la ingesta o la exposición a sustancias extrañas se aprecian a largo plazo. La pregunta que me planteó es la siguiente ¿cómo nos afectará el consumo de estos alimentos transgénicos?

 

¿Y desde el punto de vista de los impactos positivos?

 

Desde aquí, principalmente  se resalta que el aumento de la producción de alimentos necesarios para el abastecimiento  de una mayor población.

 

Los Organismos Genéticamente Modificados “son más seguros que el agua”, según afirman científicos americanos. Durante cinco años no se han detectado reacciones adversas en los más de dos billones de personas que han ingerido estos productos “Más de dos billones de personas han ingerido productos genéticamente modificados (OGM) en los últimos cinco años sin haber caído enfermos por esta consecuencia. De esta forma, los alimentos Genéticamente Modificados se convierten en elementos menos peligrosos que las bicicletas, las escaleras o la medicina”, afirma el Profesor Prakash, de la Universidad de Tuskegee, y Andrew Apel, editor de la revista Agbiotech Reporter.

 

En el primer mundo, esta ciencia, usada en conjunción con métodos tradicionales ofrece una mejor oportunidad para fomentar la seguridad alimentaria para una población creciente.

 

Estos dos expertos opinan que la biotecnología permite la existencia de plantas beneficiosas para el medio ambiente, las cuales proporcionan cosechas ricas en nutrientes en los países desarrollados.

 

Es necesario resaltar que la utilización de la soja como alimento, es puramente anecdótica. La soja se utiliza como materia prima para obtener aceite, que luego es procesado químicamente por hidrogenación y lecitina. Ninguno de estos dos productos contienen la proteína que ha sido introducida para inducir la resistencia. Así son idénticos en todas sus propiedades físicas, químicas, biológicas y  nutricionales, procedan de soja “normal” o de soja “transgénica”.

 

Con relación al maíz: sus aplicaciones principalmente son la obtención de almidón y de glucosa a partir de ese almidón. Ninguno de estos dos productos contiene DNA ni proteínas, ni “normales” ni “transgénicas”.

 

Algunos investigaciones destacan que sería casi imposible que el gen de resistencia  al antibiótico se mantuviera intacto. El procesado de los alimentos destruye el DNA. Y así sería necesario comer el maíz  crudo , así se descarta el problema en el caso de la salud humana.

 

Se destruye el vínculo de las personas con la tierra. Convierte a la agricultura en un laboratorio y nos pone en riesgo permanente.

 

Se genera control sobre los agricultores en el abastecimiento de semillas, rompiendo prácticas tradicionales como el guardar la simiente de un año a otro y el intercambio entre agricultores. Las compañías semilleras obligan a firmar un contrato leonino en cuanto a la propiedad de las semillas, incluso se específica que en caso de muerte los herederos no heredan las semillas de la cosecha.

 

Se impide la libertad de elegir alimentos sanos, obligando al consumo de alimentos “frankestein” (que en su proceso usaron productos modificados genéticamente como la harina, leche de soja, derivados de maíz, etc.). la elección de alimento se convierte en caso de detectives pues las compañías no aceptan etiquetar claramente los productos, impidiendo la compra informada.

 

La tecnología “Terminator” es un a amenaza para la seguridad alimentaria pues corta el ciclo de producción, selección de semillas y nuevas siembras en manos de los agricultores.

 

Para producir por ejemplo soja, se utiliza en promedio, una persona cada 500 hectáreas, en lugar de las 10 que utiliza la producción lechera. Es decir, que en este caso, se destruye empleos. El componente salarial de la producción de poroto de soja es del 1,2 por cierto; el del aceite de soja es del 1,87 por cierto. Para mensurar lo ínfimo de esta participación se la puede comparar con el 13 por cierto que significan los salarios en los costos industriales promedio. En un país que basa su crecimiento en la producción de materias primas no es extraño que convivan altos índices de aumento del PBI con desempleo y bajos salarios. La “fiesta de la soja” es, como decía De la Rúa en campaña, una fiesta para pocos.

               

El problema surge en Estados Unidos y la Argentina porque son los únicos dos países que permiten la libre producción de soja transgénica, que es la de más bajo costos y mayor rentabilidad. En Brasil (segundo productor del mundo) está prohibida, al igual que en la Comunidad Europea. La razón es que aún no está comprobado el efecto que tiene sobre la salud humana. Otra de las características de la siembra de soja transgénmica es que la producción en gran escala reduce significativamente los costos. Esto derivó en una importante concentración de la producción. Como tienen menores costos, pueden pagar mayores alquileres por las tierras, desplazando así a los productores pequeños. En los últimos cinco años desaparecieron 103.400 pequeños establecimientos agropecuarios.

 

 

De lo dicho hasta aquí, se observa que existen dos extremos en esta polémica:

por un lado, quienes aseguran que los avances logrados por la biotecnología en las últimas décadas colocan a la humanidad en el umbral de una revolución alimentaria. Que con este método se lograrán resolver los problemas del hambre y de la superficie disponible; y

por el otro quienes consideran que esta técnica entraña series riesgos para el medio ambiente y la salud humana que no han sido suficientemente probados[4].

 

Uno de los grandes problemas son los intereses económicos en juego. Por ejemplo si se ingresa a la página de la empresa Monsato,  se puede observar que los alimentos transgénicos son “lo mejor que le pudo pasar a la humanidad”.

 

Lo interesante de todo esto es que el cultivo a través de OGM ha permitido una espectacular expansión de la producción agrícola en el país. Hace 30 años, la producción de soja en la Argentina era inexistente. Hoy se exporta soja por más de 2.500 millones de dólares a todo el mundo, siendo la Argentina el segundo productor mundial en este rubro. Según Víctor Trucco, presidente de AAPRESID, sin biotecnología se habría producido 78 millones de toneladas menos, es decir que se habrían perdido 15 mil millones de dólares en pocos años. Otros -menos optimistas- hablan de pérdidas de 7 mil millones de 1996 hasta la fecha, lo cual de todos modos es una cifra significativa.

 

"Esto puede llegar a acabar con el hambre mundial", dijeron esperanzados los creadores de lo que se denominó la revolución verde. Sin embargo, la realidad no ha sido tan hermosa como ellos la planteaban. Tampoco es algo tan fantástico como los productores nos quieren hacer creer.

 

Actualmente, son muchas las asociaciones ecologistas que cuestionan los cultivos transgénicos. Algunos denuncian que pueden ser perjudiciales para la salud, en tanto otros sostienen que en pocos años los suelos cultivados transgénicamente serán inutilizables. Todos tienen parte de razón, aunque hay formas de contrarrestar estos efectos negativos.

ASPECTOS LEGALES A NIVEL INTERNACIONAL

 

a) Convenio sobre Biodiversidad:

 

En el año 1992 en la Conferencia de Río de Janeiro realizada en el marco de las Naciones Unidas, se firmaron tres Convenios, uno de los cuales fue el relativo a la Conservación de la Biodiversidad o Diversidad Biológica.

 

                De acuerdo con este convenio la biodiversidad es la variabilidad de organismos vivos de cualquier fuente, incluidos, entre otras cosas, los ecosistemas terrestres y marinos y otros ecosistemas acuáticos y los complejos procesos ecológicos de los que forman parte; comprende la diversidad dentro de cada especie (genética), entre las especies y de los ecosistemas.

               

                Dicho en otras palabras, el concepto se refiere a los diferentes lugares y formas de vida que existen sobre la Tierra, tanto los naturales como los creados por el ser humano, por ejemplo los agroecosistemas.

 

                Los objetivos del Convenio sobre la Diversidad Biológica, se pueden concretar en tres:

    Conservación de la Diversidad Biológica,

    utilización sostenible de sus componentes y

c)    participación equitativa y justa de los beneficios que se deriven del acceso adecuado a los recursos genéticos.

 

                Estos objetivos se llevarán a cabo mediante instrumentos tales como: a) el acceso adecuado a los recursos genéticos, Art. 15 de la CBD, b)  transferencia apropiada de las tecnologías pertinentes, Art. 16 CBD.

 

                Asimismo el Art. 16 en su inc. 2º reconoce que la tecnología incluye la biotecnología, y que tanto el acceso a la tecnología como su transferencia entre Partes Contratantes son elementos esenciales para el logro de los objetivos del presente Convenio, comprometiéndose, a asegurar y/o facilitar a otras Partes Contratantes el acceso a tecnologías pertinentes para la conservación y utilización sostenible de la diversidad biológica o que utilicen recursos genéticos y no causen daños significativos al medio ambiente, así como la transferencia de esas tecnologías.

 

Una sola palabra -biodiversidad- abarca un amplio espectro y por lo tanto tiene diversas implicaciones. En primer lugar, como consta en su definición, incluye tres niveles: los genes, las especies y los ecosistemas.

 

El Convenio de Diversidad Biológica de Río de Janeiro de 1992 ratificado por nuestro país establece la necesidad del "consentimiento informado" por parte de los estados y de las empresas hacia el consumidor. Su  incumplimiento es notorio dado que no solo las empresas que trabajan con soja como materia prima, ignoran absolutamente que lo que están comprando está originado en ingeniería genética, sino que también los consumidores también lo ignoran.

 

La biotecnología sería toda aplicación tecnológica que utilice sistemas biológicos y organismos vivos o sus derivados para la creación o modificación en productos o procesos de usos específicos. El desarrollo de la biotecnología permite además el uso y la modificación de recursos genéticos que son susceptibles de patentar, de convertirse en propiedad privada.

 

Esta modificación implica en la mayoría de los Estados una particular discusión sobre el acceso y la transferencia de tecnología en los marcos del Convenio de la Diversidad Biológica (CDB), aprobada en Río de Janeiro en 1992, discusión que no se basa en el entendimiento de la naturaleza o las características de esta particular tecnología y como los países en desarrollo pueden adquirirla y/o recibirla por transferencia; al contrario la discusión gira en torno a la protección de propiedad intelectual y con mayor énfasis en el impacto de la tecnología transferida a los países en desarrollo, que ya se conoce como "biopolítica".

 

Se podría concluir que en los hechos que el CDB es esencialmente un instrumento internacional de biopolítica, es decir que directa o indirectamente contiene políticas concernientes a la tecnología.[5]

 

b) Del Convenio sobre Biodiversidad al Protocolo de Cartagena de Bioseguridad sobre Transgénicos acordado en Montreal:

 

El CBD en su Art. 19 inc. 3º estipula que las Partes estudiarán la necesidad y las modalidades de un protocolo que establezca procedimientos adecuados, incluido en particular el consentimiento fundamentado previo, en la esfera de la transferencia, manipulación y utilización de cualesquiera organismos vivos modificados resultantes de la biotecnología que puedan tener efectos adversos para la conservación y la utilización sostenible de la diversidad biológica.

 

Pero recién el  30 de enero de 2000, en Montreal, los delegados de los 128 países firmantes del Convenio de Biodiversidad de NN.UU. aprobaron el Protocolo de Bioseguridad para regular el comercio internacional de organismos transgénicos. Los esfuerzos obstruccionistas de un pequeño número de países (el llamado "Grupo de Miami": EE.UU., Canadá, Argentina, Uruguay, Chile y Australia) consiguieron dilatar ocho años, y aplazar a lo largo de siete rondas negociadoras, el acuerdo sobre un conjunto mínimo de normas internacionales de bioseguridad. Cuando no debemos olvidar que el art. 19 inc. 3 del Convenio de Biodiversidad instaba a los Estados parte a la confección del mismo en la Ronda ( Reunión ) siguiente.

 

Vale agregar que aparte del arriba mencionado Grupo de Miami, hubo otros grupos de negociación que intervinieron, estos fueron:

a )  La Unión Europea-,

b )  Los países de Europa Oriental y Central;

c )  El Grupo de una misma opinión de países en vías de desarrollo y

d ) el Grupo de Compromiso ( Japón, Corea, México, Nueva Zelanda, Noruega, Singapur y Suiza ).

 

Lo que estaba en juego, esencialmente, era si el libre comercio debía prevalecer sobre los intereses sanitarios y medioambientales de la gente (posición del "grupo de Miami"), o al revés. El resultado final no fue muy satisfactorio: considero que el Protocolo de Cartagena/ Montreal es ambiguo e insuficiente, pero al mismo tiempo hay que reconocer que supone un paso adelante respecto a la situación previa. Hablo de ambigüedad e insuficiencia porque: 

 

El acuerdo alcanzado se refiere exclusivamente a los organismos transgénicos vivos, dejando fuera todos los productos derivados (como es el caso de los piensos, por ejemplo, aunque sus materias primas provengan de organismos transgénicos). Además, para los transgénicos vivos que se empleen directamente como alimento o pienso los requisitos de seguridad  que impone el Protocolo son más laxos; 

 

En las transacciones comerciales no se exigirá un etiquetado detallado que contenga toda la información sobre las manipulaciones genéticas desarrolladas y las características de esos productos. En el caso de los transgénicos destinados a procesamiento, o al consumo directo como alimentos o piensos, bastará una claúsula genérica que rece "puede contener organismos vivos modificados", lo cual nos parece insuficiente y va en contra del concepto de seguridad alimentaria que necesitamos en nuestra sociedad;

 

El acuerdo no hace referencia a la rastreabilidad de los organismos transgénicos, imprescindible por razones tanto ambientales como de salud pública.;

 

Considero que las consideraciones sobre diversidad biológica y seguridad alimentaria deben prevalecer siempre sobre las normas internacionales del libre comercio contempladas en el seno de la Organización Mundial del Comercio (OMC). Sin embargo, el Protocolo aprobado en Montreal no lo asegura, sino que solamente asigna un rango igual a sus normas y decisiones que a las de la OMC. Los conflictos, en esta situación, serán en algunos casos inevitables;

 

La capacidad de veto a las importaciones se basa en que el país importador rechace las pruebas científicas aportadas por el país exportador sobre la base de una duda científica razonable. No queda definido qué se entiende por duda razonable, lo que facilita que la OMC rechace el veto del país importador. También ha quedado para el futuro un acuerdo sobre la evaluación de riesgos;

 

El Protocolo no es de aplicación inmediata, sino que tiene un período transitorio. Entrará en vigor cuando  junte la ratificación de al menos 50 países. Hay que recordar que en la Conferencia de la OMC en Seattle se acordó la constitución de un grupo de trabajo sobre biotecnologías que puede acelerar sus resoluciones durante este período transitorio, antes de que el Protocolo de Bioseguridad haya establecido condiciones más precisas de etiquetado, haya acordado lo que se entiende por "duda científica razonable" y haya establecido los criterios para la evaluación de riesgos sobre la salud y el medio ambiente.

 

No obstante tales consideraciones a mi modo de ver “negativos”, el Protocolo supone un avance en el desarrollo de una legislación ambiental internacional, ya que:

se trata del primer acuerdo ambiental internacional que emplaza el principio de precaución.

Somete la importación de ciertas categorías de organismos transgénicos vivos a un proceso de consentimiento previo informado.

Puede permitir a países que aún no disponen de un marco legal estricto sobre bioseguridad construirlo sobre ases más razonables.

 

La aprobación de este Protocolo, que recoge algunas de las demandas de las ONGs y los agentes sociales que han intervenido en el debate sobre transgénicos con un punto de vista crítico (basado en el principio de precaución), no hubiera sido posible sin la intensa movilización mundial de los últimos años, y la solidaridad entre organizaciones del Norte y del Sur. Hay numerosas razones para  incrementar esta movilización mundial de manera que se pueda obtener condiciones de uso para las nuevas biotecnologías que no pongan en riesgo la salud pública, la protección ambiental ni los valores socioeconómicos que se pretende (como el modelo de una agricultura y ganadería ecológicamente respetuosa y basada en la explotación familiar). De ahí que se deba seguir reclamando una moratoria para los cultivos transgénicos comerciales y la comercialización de alimentos transgénicos, así como la prohibición de las patentes sobre la vida.

 

c) Organización de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación

Comisión del Codex Alimentarius: La Comisión del Codex Alimentarius fue creada en 1963 por la FAO y la OMS para desarrollar normas alimentarias, reglamentos y otros textos relacionados tales como códigos de prácticas bajo el Programa Conjunto FAO/OMS de Normas Alimentarias. Las materias principales de este Programa son la protección de la salud de los consumidores, asegurar unas prácticas de comercio claras y promocionar la coordinación de todas las normas alimentarias acordadas por las organizaciones gubernamentales y no gubernamentales.

 

El 22 abril 2002, en Roma/Ginebra,  La Organización de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación (FAO) y el Programa Mundial de Alimentos (PMA) han lanzado una encuesta conjunta sobre el programa de normas alimentarias de ambos organismos, incluyendo el Codex Alimentarius, con el fin de que este programa represente los intereses de todos, ricos y pobres, en materia de sanidad, seguridad y comercio en la alimentación. Este es el primer proceso de evaluación del código internacional de alimentación, Codex Alimentarius, y del mecanismo de establecimiento de sus normas, tras más de cuarenta años de actividad.

 

El "Codex" ha establecido la creación de un equipo intergubernamental especial para acelerar la elaboración y adopción, antes del 2003, de normas relativas a alimentos provenientes de la biotecnología. "La evaluación de la inocuidad de los alimentos biotecnológicos adquiere una importancia más grande cada año, a medida que aumenta el volumen de producción y comercialización de esos alimentos, incluyendo los organismos genéticamente modificados" resalta la propuesta presentada por Japón.

 

Francia apoya el "derecho a saber" de los consumidores. Francia defendió el "derecho a saber" y el "principio de precaución" de los consumidores en materia de seguridad alimentaria, durante una reunión en París del Codex Alimentarius, organismo encargado de definir las normas en ese campo y dependiente de la Organización para la Alimentación y la Agricultura (FAO) y la Organización Mundial de la Salud (OMS) de la ONU. El secretario francés de Comercio Exterior, François Huwart, afirmó que el Codex, que reúne a 165 países, debe hacer una "síntesis no fácil", pero "indispensable", entre la protección al consumidor y la libertad de comercio.

 

 

d) Programa Nacional de las Naciones Unidas para el Desarrollo

El  Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD)  en su informe anual “recomienda” la aplicación de transgénicos. El informe presenta como hechos las promesas frívolas y sin sustento que ha hecho la industria agrobiotecnológica, minimiza los riesgos ecológicos e ignora los retos reales que enfrenta la agricultura en los países en desarrollo.

 

No obstante que el informe sigue en general la respetada tradición del PNUD de proporcionar datos contundentes y ofrecer una visión crítica de los principales temas del desarrollo, sus planteamientos sobre la agricultura biotecnológica parecen haber sido escritos con el fin de promover los trangénicos

 

El reporte del PNUD sostiene que los transgénicos incrementarán la productividad y las propiedades nutritivas, y proporcionarán soluciones para retos agrícolas complejos, tales como el control de plagas y la sequía. La realidad es que no existe ningún transgénico en el mercado que cumpla tales promesas, y que sea de relevancia para las necesidades de la agricultura en los países en desarrollo.

 

El PNUD debería comprender que los problemas de hambre y desarrollo agrícola no serán solucionados con los mismos.

 

El PNUD promueva el uso de transgénicos en países en desarrollo como una solución al problema del hambre, en vez de abogar por la exportación de tecnología genética insegura y riesgosa hacia los países del sur (ricos en biodiversidad).

 

Tratado de Agrobiodiversidad:

Representa un compromiso internacional jurídicamente vinculante de mejorar los principales cultivos mundiales de alimentos y piensos

 

Luego de siete años de difíciles negociaciones dieron como consecuencia  el 3 de noviembre de 2001, cuando los 180 países de la Conferencia de la FAO adoptaron un Tratado Internacional sobre los Recursos Fitogenéticos para la Alimentación y la Agricultura. Este Tratado representa un acuerdo mundial sobre un tema de primera importancia: la gestión de la diversidad agrobiológica del mundo.

 

La seguridad alimentaria siempre ha dependido del libre intercambio de los cultivos y el germoplasma que han creado, a lo largo de 10 000 años, los campesinos de todo el planeta. Desde los inicios de la agricultura se han utilizado más de 7 000 especies para obtener alimentos y piensos, y hoy 30 cultivos proporcionan el 95% de nuestra energía alimentaria (sólo el trigo, el arroz y el maíz aportan más del 50%). La mayor parte de estos recursos fitogenéticos no pueden sobrevivir en forma silvestre, se mantienen, literalmente, en las tierras agrícolas, sobre todo en los países en desarrollo.

 

Pero la difundida adopción de un reducido número de modernos cultivares ha desgastado aceleradamente la diversidad. Para protegerla, se han establecido grandes bancos de genes ex situ en todo el mundo, los centros internacionales de investigación agrícola del Grupo Consultivo sobre Investigación Agrícola Internacional (GCIAI), que actualmente conservan, por ejemplo, más de 600 000 muestras de cultivos. Por su parte, la FAO adoptó en 1983 un Compromiso Internacional sobre los Recursos Fitogenéticos para la Alimentación y la Agricultura, que es un acuerdo voluntario suscrito por 113 países, cuyo objeto es promover la armonía internacional en lo que incumbe al acceso a la diversidad fitogenética.

 

Dicho Tratado representa un compromiso internacional jurídicamente vinculante de mejorar los más importantes cultivos alimentarios del mundo. Se trata de un elemento central del Sistema multilateral de acceso y distribución de beneficios.

 

Objetivos del Tratado

 

Los objetivos del Tratado, establecidos en su artículo 1, son la conservación y utilización sostenible de los recursos fitogenéticos para la alimentación y la agricultura, y la distribución justa y equitativa de los beneficios derivados de su utilización, en armonía con el Convenio sobre la diversidad biológica, para la agricultura sostenible y la seguridad alimentaria. El acuerdo abarca todos los recursos fitogenéticos pertinentes a la alimentación y la agricultura, y entrará en vigor una vez que lo hayan ratificado 40 gobiernos. Cada gobierno que lo ratifique se compromete a asegurar la conformidad de sus leyes, reglamentos y procedimientos con las obligaciones adquiridas en virtud del instrumento. Asimismo, los gobiernos que ratifiquen el Tratado constituirán su órgano rector.

 

Como su fin es garantizar la seguridad alimentaria, la humanidad entera se beneficia. Pero hay beneficios inmediatos muy claros para muchos importantes sectores. El tratado asegura a los fitomejoradores acceso a los recursos fitogenéticos que necesitan, e impide que otros los monopolicen, en particular los participantes más fuertes.

 

Además, el tratado brinda al sector agrícola un nuevo foro, a la altura de los foros comerciales y ambientales, para tratar las necesidades y los problemas especiales de la agricultura. Esto dará mayor equilibrio al desenvolvimiento de la política internacional.

 

e) Acuerdos multilaterales en el marco de la OMC (Organización Mundial del _Comercio)

 

Acuerdo sobre la aplicación de medidas sanitarias y Fitosanitarias:

 

Este Acuerdo pretende garantizar que se suministren a los consumidores de su país alimentos inocuos. Y al mismo tiempo, intenta garantizar que la aplicación de normas estrictas de salud y seguridad no sea una excusa para proteger a los productores nacionales.

 

Este Acuerdo de la OMC indica sobre cómo pueden los gobiernos aplicar las medidas relativas a la inocuidad de los alimentos, la salud de los animales y la preservación de los vegetales (medidas sanitarias y fitosanitarias o MSF), se establecen las reglas básicas.

El Acuerdo estipula:

Los Miembros,

Reafirmando que no debe impedirse a ningún Miembro adoptar ni aplicar las medidas necesarias para proteger la vida y la salud de las personas y los animales o para preservar los vegetales, a condición de que esas medidas no se apliquen de manera que constituya un medio de discriminación arbitrario o injustificable entre los Miembros en que prevalezcan las mismas condiciones, o una restricción encubierta del comercio internacional;

Deseando mejorar la salud de las personas y de los animales y la situación fitosanitaria en el territorio de todos los Miembros;

Tomando nota de que las medidas sanitarias y fitosanitarias se aplican con frecuencia sobre la base de acuerdos o protocolos bilaterales;

Deseando que se establezca un marco multilateral de normas y disciplinas que sirvan de guía en la elaboración, adopción y observancia de las medidas sanitarias y fitosanitarias para reducir al mínimo sus efectos negativos en el comercio;

Reconociendo la importante contribución que pueden hacer a este respecto las normas, directrices y recomendaciones internacionales;

Deseando fomentar la utilización de medidas sanitarias y fitosanitarias armonizadas entre los Miembros, sobre la base de normas, directrices y recomendaciones internacionales elaboradas por las organizaciones internacionales competentes, entre ellas la Comisión del Codex Alimentarius, la Oficina Internacional de Epizootias y las organizaciones internacionales y regionales competentes que operan en el marco de la Convención Internacional de Protección Fitosanitaria, sin que ello requiera que los Miembros modifiquen su nivel adecuado de protección de la vida o la salud de las personas y de los animales o de preservación de los vegetales;

Reconociendo que los países en desarrollo Miembros pueden tropezar con dificultades especiales para cumplir las medidas sanitarias o fitosanitarias de los Miembros importadores y, como consecuencia, para acceder a los mercados, así como para formular y aplicar medidas sanitarias o fitosanitarias en sus propios territorios, y deseando ayudarles en los esfuerzos que realicen en esta esfera;

Convienen en lo siguiente:

 

Artículo 1
Disposiciones generales

1. El presente Acuerdo es aplicable a todas las medidas sanitarias y fitosanitarias que puedan afectar, directa o indirectamente, al comercio internacional. Tales medidas se elaborarán y aplicarán de conformidad con las disposiciones del presente Acuerdo.

Artículo 2
Derechos y obligaciones básicos

1. Los Miembros tienen derecho a adoptar las medidas sanitarias y fitosanitarias necesarias para proteger la salud y la vida de las personas y de los animales o para preservar los vegetales, siempre que tales medidas no sean incompatibles con las disposiciones del presente Acuerdo.

2. Los Miembros se asegurarán de que cualquier medida sanitaria o fitosanitaria sólo se aplique en cuanto sea necesaria para proteger la salud y la vida de las personas y de los animales o para preservar los vegetales, de que esté basada en principios científicos y de que no se mantenga sin testimonios científicos suficientes...

 3. Los Miembros se asegurarán de que sus medidas sanitarias y fitosanitarias no discriminen de manera arbitraria o injustificable entre Miembros en que prevalezcan condiciones idénticas o similares, ni entre su propio territorio y el de otros Miembros. Las medidas sanitarias y fitosanitarias no se aplicarán de manera que constituyan una restricción encubierta del comercio internacional.

4. Se considerará que las medidas sanitarias o fitosanitarias conformes a las disposiciones pertinentes del presente Acuerdo están en conformidad con las obligaciones de los Miembros en virtud de las disposiciones del GATT de 1994 relacionadas con el empleo de las medidas sanitarias o fitosanitarias...

 

COMITÉ DE MEDIDAS SANITARIAS Y FITOSANITARIAS,

El Comité MSF examina las cuestiones relativas a los OMG

En su reunión de los días 31 de octubre y 1º de noviembre de 2001, el Comité MSF inició sus trabajos en el marco de la nueva Decisión sobre la equivalencia y examinó la cuestión de la transparencia. También se abordaron otras cuestiones específicas, como ser, los organismos modificados genéticamente.

 

Las disposiciones que se dicten el marco del Acuerdo sobre Medidas Sanitarias y fitosanitarias, deben adecuarse y estarse a lo estipulado en:

El Codex Alimentarius

La  OIE ( Oficina Internacional de Epizootias ) y a la

CIPF (Convención Internacional de Protección Fitosanitaria )

  OMG
Varios Miembros informaron sobre las soluciones encontradas a los problemas comerciales planteados en reuniones anteriores, entre ellos, las restricciones impuestas por la República Eslovaca a las manzanas, peras y membrillos, las medidas de emergencia aplicadas por la Comunidad Económica Europea respecto de la pulpa de cítricos y la gelatina y las restricciones impuestas por Australia a las salsas que contienen ácido benzoico.

Los Estados Unidos y el Canadá plantearon por primera vez en el Comité Medidas Sanitarias y Fitosanitarias ( MSF ) la cuestión de las restricciones impuestas por la Unión Europea a los organismos modificados genéticamente (OMG). Se quejaron de que la UE no había cumplido con notificar, según lo previsto en el Acuerdo MSF, las últimas directivas que había adoptado sobre la trazabilidad y etiquetado, aun cuando en las directivas se indica que la protección de la salud es uno de los objetivos.

Los Estados Unidos también se quejaron de la falta de justificación científica de lo que en los hechos se traduce en una postergación indefinida por parte de la UE de la aprobación de los productos que contienen OMG y Canadá dijo que las últimas medidas impuestas por las Comunidad Europea son discriminatorias para los productos fabricados mediante tecnología modificada genéticamente, aun en los casos en que no queda rastro alguno en los productos finales.

 

f) Organización Mundial de Sanidad Animal

                                                                                                            

Objetivo: Garantizar la seguridad sanitaria del comercio mundial mediante la elaboración de reglas sanitarias aplicables a los intercambios internacionales de animales y productos de origen animal.

 

La red mundial de Centros Colaboradores y Laboratorios de Referencia de la OIE permite a los países miembros disponer de los mejores recursos humanos en el área de sanidad y bienestar animal y seguridad sanitaria de los alimentos, de la mejor tecnología diagnóstica, de reactivos estandarizados y de sistemas de capacitación a través de Talleres, Seminarios y Conferencias que se realizan en los cinco continentes. Estas actividades permiten una estrecha colaboración e interacción entre técnicos y científicos de los países del hemisferio Norte y del hemisferio Sur. De esta manera todos los países pueden beneficiarse del Acuerdo sobre la aplicación de medidas sanitarias y fitosanitarias de la OMC.

 

 

TRANSGÉNICOS EN NUESTRO PAÍS:

 

El gobierno argentino ha promovido la ingeniería genética en forma tal que se ha convertido en el segundo productor mundial de organismos vegetales genéticamente manipulados. Muchos alimentos contienen ingredientes modificados genéticamente.

En Argentina, a partir de 1991 comienza a generarse interés por parte del sector privado y de grupos de investigación nacionales para la realización de ensayos con organismos genéticamente modificados. La Comisión Nacional Asesora de Biotecnología Agropecuaria (CONABIA) se crea como una instancia de consulta y apoyo técnico para asesorar al Secretario de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación en la formulación e implementación de la regulación para la introducción y liberación al ambiente de materiales genéticamente modificados.

 

La CONABIA está constituida por representantes de los sectores público y privado involucrados en la Biotecnología Agropecuaria, siendo este Cuerpo un grupo interdisciplinario e interinstitucional.

 

La normativa argentina está basada en las características y riesgos identificados del producto biotecnológico y no en el proceso mediante el cual dicho producto fue originado. En otras palabras, ésta se aplica a los productos genéticamnete modificados en función del uso propuesto, contemplando sólo aquellos aspectos en los procedimientos empleados para su obtención que pudieran significar un riesgo para el ambiente, la producción agropecuaria o la salud pública. Estas normas definen las condiciones que deben reunirse para permitir la liberación al medio de dichos materiales, las cuales son tenidas en cuenta por la CONABIA al evaluar cada solicitud presentada.

 

Por otra parte, las reglamentaciones se encuentran integradas en el sistema regulatorio general para el sector agropecuario: normativas existentes en Argentina en materia de protección vegetal según el Decreto-Ley de Defensa Sanitaria de la Producción Agrícola nº 6.704/63 y sus modificaciones, de semillas y creaciones fitogenéticas, y de sanidad animal.

 

Las normas definen las condiciones que deben reunirse para permitir la liberación al medio del material transgénico (Resolución nº 656 de la SAGyP del 30 de julio de 1992, y Resolución nº 289 de la SAGPyA del 9 de mayo de 1997), las cuales son tenidas en cuenta por la CONABIA al evaluar cada solicitud presentada.

 

LA PRESIÓN DE LA INDUSTRIA BIOTECNOLÓGICA EN LA ARGENTINA

En 1996, luego de una serie de presiones de los funcionarios de la Secretaría de Agricultura de los Estados Unidos, la empresa norteamericana Monsanto logró que el gobierno argentino aprobara para la comercialización masiva en el país una semilla de soja mutante que podía resistir un poderoso herbicida de su propia marca.

En esa época, el gobierno argentino argumentaba que había aprobado la soja y el maíz genéticamente manipulados basándose en las aprobaciones sanitarias y ambientales de las autoridades estadounidenses a esas semillas patentadas por las empresas biotecnológicas en ese país.

Sin embargo, documentos recientes revelan que la Food and Drug Administración (Administración de Alimentos y Medicinas) de los Estados Unidos, ignoró las advertencias procedentes de sus propios científicos, acerca de la seguridad en el consumo de estos organismos. Misteriosamente, hasta el momento, el escándalo que produjo esta revelación en Washington, parece todavía no alertar a las autoridades nacionales.

La población jamás fue informada sobre la medida. La sociedad nunca fue llamada a participar si deseaba esta clase de alimentos mutados en sus mesas. Las empresas y las autoridades gubernamentales decidieron la introducción de esos genes sin ningún mecanismo de consulta previa. Aún hoy, el desconocimiento es generalizado y la gente come transgénicos sin saberlo.

Misteriosamente, hasta el momento, el escándalo que produjo esta revelación, parece todavía no alertar a las autoridades nacionales.

Ya en 1991 la corporación había liberado estas semillas en la Argentina para experimentación, comenzando así una ambiciosa política de las empresas biotecnológicas por el manejo de los genes en los seres vivos.

Así, desde 1996, Monsanto ofreció este cultivo manipulado para que los productores puedan utilizar cantidades superiores de su herbicida sin dañar demasiado al cultivo y de esta manera multiplicar sus ventas. En la Argentina la soja transgénica fue aprobada por resolución de la Secretaría de Agricultura.

Sin embargo, el principal organismo de control sobre la calidad alimentaria del Estado argentino, el SENASA (Sevicio Nacional de Calidad Agroalimentaria) no emitió dictamen y la soja transgénica se aprobó igual[8].

Las advertencias de distintos grupos, ONGs y de otros expertos en esa época, sobre eventuales efectos adversos en la salud humana y en el ambiente, no fueron tomadas en cuenta y la Argentina inició una carrera desenfrenada por la promoción de esta clase de vegetales, aprobando además de la soja transgénica, dos variedades de maíz resistente a plagas (de las empresas Novartis y Aventis) y una variedad de algodón también resistente a plagas, perteneciente también a Monsanto.

La soja de Monsanto (o soja RR) y sus derivados cuentan con la autorización para ser comercializada en Estados Unidos, Japón y la Unión Europea.

Pero, importantes grupos de consumidores, empresas agroalimentarias y cadenas minoristas la están rechazando o bien exigen su etiquetado.

Compañías de biotecnología alegan que los cuerpos reguladores del gobierno como la administración de Medicamentos y Alimentos de EE.UU. (FDA) y el Ministerio Británico de Agricultura, Pesquerías y Alimento (MAFF) protegerán a los consumidores. Sin embargo DDT, Talidomida, L-triptófano, etc. fueron también aprobados por estos reguladores con resultados trágicos. MAFF ha publicado información objetivamente inexacta sobre alimentos genéticamente diseñados en su serie de libros Foodsense que da una impresión de falsa seguridad. Pruebas en EE.UU. encontraron que 80% de la leche de supermercado contenía rastros de: o bien medicinas, o antibióticos ilegales usados en granjas, u hormonas, incluyendo Hormona Vacuna de Crecimiento genéticamente diseñada (BGH). Los hechos muestran que los reguladores no protegen el público adecuadamente; ni el etiquetado protege el público de los peligros ó se necesita una absoluta prohibición de alimentos genéticamente diseñados.

La evaluación de las solicitudes y el posterior monitoreo de las pruebas son responsabilidad de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación. Las autorizaciones se dan bajo reserva de la aplicación de un cierto número de medidas de precaución. La bioseguridad de las liberaciones está determinada por las características del organismo y las características agroecológicas del sitio de la liberación, así como del empleo de condiciones experimentales adecuadas, incluyendo la idoneidad del responsable de la liberación al medio.

 

R 656 / 92  “Solicitud para la concesión de permisos para Experimentación y/o Liberación al Medio de Microorganismos Genéticamente Modificados y/o sus productos para aplicación en animales”