Catálogo de la Colección "Derecho, Economía y Sociedad" Sitio Oficial de la Facultad de Derecho de la Universidad de Buenos Aires

Regulación jurídica de las biotecnologías

Curso dictado por la Dra. Teodora Zamudio

Equipo de docencia e investigación UBA~Derecho

Actualidad | Normativa | Jurisprudencia | Doctrina |Enlaces |Mapa de carpetas

 Glosario

Alimentos transgénicos y la acción de la justicia


Imprimir esta página

Por respeto intelectual los trabajos presentados por los alumnos se reproducen antes de las correcciones y/o discusión con los docentes.

Por Catalina Bosch Fragueiro. 

1)        Alimentos Transgénicos o derivados de  Organismos Genéticamente Modificados

2)        Riesgos para la salud, el Medio Ambiente y la Biodiversidad

3)        Métodos de confinación de riesgos

4)        Instrumentos Jurídicos Nacionales para controlar los riesgos

5)        Riesgos para la biodiversidad

6)        Justicia en el Largo Plazo

7)        Convenio de Biodiversidad y Protocolo de Cartagena

8)        Justicia Retributiva y Responsabilidad Internacional

Fuentes

 

 

1)             Alimentos Transgénicos o derivados de  Organismos Genéticamente Modificados

 

Se llaman alimentos Transgénicos a todos aquellos que proceden de Organismos Genéticamente Modificados (OGM) directa o indirectamente, por incluirlos en su proceso productivo. La manipulación genética consiste en introducir genes específicos de otras especies o de la misma, en el genotipo de un Organismo, para que se manifiesten  en su fenotipo esas características identificadas que  importarán un beneficio para los seres humanos, dirigido a satisfacer las necesidades del comercio y la producción, y en menor medida, de la salud y la alimentación. No siempre son de hecho “transgénicos” ya que muchas veces el gen que se introduce proviene del mismo género, pero precisamente la ventaja de la ingeniería genética es que permite alterar los genes sin depender de los procesos naturales de reproducción. En los programas de Mejora de Plantas interesa en ocasiones incorporar un gen determinado a una cierta variedad para dotarla, por ejemplo, de resistencia a un patógeno o darle cierta calidad. El método convencional consiste en realizar un primer cruzamiento con un individuo que lleve el gen deseado y luego, mediante un proceso continuado de cruzamientos con individuos del genotipo original (retrocruzamiento) y selección para el carácter (gen) que se quiere introducir, se puede llegar a obtener tras un proceso más o menos largo individuos con el genotipo original al que se ha añadido el gen deseado. Este método convencional tiene varios inconvenientes como son las muchas generaciones necesarias y en ocasiones la limitación que supone la reproducción sexual cuando lo que interesa es introducir el gen de otra especie, y con más razón si esta otra especie ni siquiera pertenece al reino vegetal sino que se trata de una especie bacteriana o animal.

La transgénesis o transferencia génica horizontal en plantas se puede realizar utilizando el ADN-T (transferible) del plásmido Ti (inductor de transformación) de la bacteria Agrobacterium tumefaciens que produce los tumores o "agallas" en las heridas que se originan en las plantas. En el proceso de infección, el ADN-T tiene la propiedad de poder pasar de la célula bacteriana a las células de las plantas, incorporándose al ADN de los cromosomas de éstas. Dicho de forma muy esquemática, la manipulación genética en este caso consiste en incorporar al ADN-T el gen que se desee introducir en la planta. La mayor eficacia de la técnica se consigue utilizando cultivos celulares de hoja o de tallo que son capaces de regenerar plantas adultas completas a partir de células que han sido genéticamente modificadas (transformadas) usando como vector el ADN-T.

Otras técnicas de transferencia de genes consisten en la introducción del ADN en protoplastos (células desprovistas de la pared celulósica por medios enzimáticos o químicos) utilizando el polietilenglicol o la electroporación. También se puede introducir el ADN en las células por bombardeo con microproyectiles (biobalística) formados por partículas de oro o tungsteno recubiertas con ADN del gen deseado.

Con las técnicas mencionadas (especialmente utilizando el ADN-T del plásmido Ti de Agrobacterium tumefaciens) se han obtenido plantas resistentes a virus, a insectos, a herbicidas, etc. Por ejemplo, desde hace más de treinta años se viene utilizando en agricultura y jardinería un insecticida especialmente eficaz contra las larvas de los lepidópteros cuya eficacia reside en la proteína Bt producida por la bacteria Bacillus thuringiensis, la ingeniería genética molecular ha permitido identificar y aislar el gen bacteriano que codifica para producir la proteína Bt (tóxica para la larva de los dípteros) y se ha logrado transferirlo a plantas transgénicas, haciéndolas resistentes a los insectos.

Otro caso interesante ha sido la obtención de plantas transgénicas de tomate, soja, algodón, colza, etc. a las que se les ha incorporado un gen que produce la resistencia al principio activo (por ejemplo, el glifosato) de los herbicidas de amplio espectro, lo cual permite eliminar las malas hierbas y malezas, tratando los campos con herbicidas que no dañan al cultivo. Este descubrimiento ha sido realizado y explotado por la compañía Monsanto, que lidera el Mercado de la soja distribuyendo el herbicida Roundup y la semilla resistente al mismo: Soja Roundup Ready. Por su liberación comercial, es uno de los cultivos transgénicos de mayor difusión en la Argentina y en el mundo, así como los maíces Bt que produce Novartis, que además de la resistencia a los insectos que le da la proteína Bt  es inmune al herbicida Basta que distribuye la misma compañía.

También se han obtenido plantas transgénicas de tomate con genes que alargan el periodo de conservación y almacenamiento evitando la síntesis de la poligalacturonasa que produce el reblandecimento del fruto.

 

2)             Riesgos para la salud, el Medio Ambiente y la Biodiversidad

 

Con respecto a la salud humana, el único riesgo cierto y probado es el de posibles efectos alergénicos, por ejemplo, en el caso de personas alérgicas al pescado, al ingerir frutas rojas o nueces de Brasil, a las que se les había introducido un gen de un pez del ártico, para hacerlas resistentes a heladas. Por otra parte se temía que las mutaciones Bt, que hoy producen resistencia a antibióticos betalactámicos (incluyendo la ampicilina) en los vegetales, podrían pasar esta información genética a las bacterias del tracto intestinal humano o animal, generando la resistencia a tales antibióticos, con el consiguiente peligro sanitario. Pero nada de esto se ha probado. Puede decirse que hoy en día no se conocen otros peligros sanitarios de los alimentos transgénicos que se han liberado, pero ello no es óbice para extremar los controles sobre las manifestaciones de los OGM que pudieran afectar la salud humana, en los ya autorizados, por el desconocimiento de sus efectos a largo plazo, y en los que todavía se encuentran a prueba en  los laboratorios o en el campo.

El mayor riesgo de los transgénicos está representado por la polinización cruzada y los no previstos efectos recombinantes con otros genes, en mutaciones que sufren otros cultivos o las hierbas silvestres aledáneas que pueden adquirir la resistencia al componente del herbicida, volviéndose incombatibles o requiriendo cada vez mayores cantidades de herbicidas con la consiguiente erosión de los suelos y contaminación del agua.

La biodiversidad y el ecosistema son en este caso los más perjudicados, dado que las plantas transgénicas tienen efectos importantes sobre las comunidades de insectos y otros animales, pueden dañar considerablemente otras especies vegetales al provocar la migración de estos insectos hacia ellas o pueden terminar por extinguir las especies originarias por cruzamiento y mayor resistencia genética, así como la propagación de las mencionadas “malas hierbas súper resistentes” y todas las alternativas posibles de insospechados cruzamientos y combinaciones con otros genes. El daño a los ecosistemas y la biodiversidad natural se potencia con los consecuentes daños a la biodiversidad cultural, por ello los cuidados en este aspecto también deben extremarse (distancia de polinización, cercas de aislamiento, estudios de impacto sobre las demás comunidades) y no abandonarse en ningún momento porque cualquier variable puede desatar daños irreparables en el siempre imprevisible “largo plazo”.

 

3)             Métodos de confinación de riesgos

El proceso regulador que evalúe las liberaciones y ensayos debe tener en cuenta lo siguiente:

Evidencia de los ensayos experimentales y de mejora realizados por los fitomejoradores, y los relacionados con la evaluación y comparación de variedades.

 En sus últimas fases, ensayos a gran escala, en varias localidades y  con parcelas en diversos ambientes. Evaluando los posibles daños en la salud y el Ambiente con cada una de las posibles variables que naturalmente o eventualmente podrían surgir, abarcando los cambios para examinar sus efectos.

Es importante aprender de la ya larga experiencia con las plantas convencionales: la comparación de los riesgos de las transgénicas debe buscar su control o punto de referencia en el comportamiento de las variedades tradicionales. Como la propagación de cultivos domésticos y su prevalencia sobre las silvestres por selección natural (mayor resistencia) con la consiguiente extinción de estas últimas.

Hay que aprovechar lo que ya se sabe sobre los rasgos responsables de las características de persistencia e invasividad de plantas, tanto en agroecosistemas como en ecosistemas silvestres.

Se deben determinar los efectos sobre el flujo génico a grandes distancias derivados de poblaciones múltiples, introducciones reiteradas y tamaño de las poblaciones donantes y receptoras.

En lo posible, se debe evaluar de modo directo el potencial de persistencia y diseminación de híbridos transgénicos y sus efectos sobre las comunidades naturales de vegetales y animales.

Se deben diseñar medidas de contención o confinamiento capaces de restringir el flujo génico a grandes distancias (trampas de polen con setos no transgénicos o distancias previstas de dispersión).

Monitoreo constante (control "ex-post"). Mejorar las estrategias de rastreo y control, y establecer mecanismos jurídicos y políticos aceptables por todos.

Este esfuerzo por identificar y contener los riesgos inherentes de los Organismos Genéticamente Modificados, para la salud humana y los ecosistemas, debe ser acompañado por la regulación internacional y nacional que permita tener en cuenta todos estos aspectos y otorgue una protección amplia para el consumidor, la biodiversidad y los mercados. Que establezca las pautas de conducta para los laboratorios, los controles requeridos para las pruebas en campo y los requisitos necesarios de información y estudios de impacto para la liberación comercial de estos organismos, su introducción en otros Estados y su comercialización. Esta regulación está contenida en el Convenio sobre la Diversidad Biológica de 1992 y el Protocolo de Cartagena, así como en diversas instituciones de los respectivos países o grupos de países.

 

4)              Instrumentos Jurídicos Nacionales para controlar los riesgos

En el marco del Convenio de Diversidad biológica de Río de Janeiro (firmado por 170 países, entre los que no se halla EE. UU.) y el Protocolo de Cartagena- Montreal, firmado en el año 2000 por 130 países), la Argentina se hace cargo del control y la liberación responsable de los OGM a través de la Comisión Nacional de Biotecnología Agropecuaria (CONABIA), que acompaña todos los procesos en laboratorios y pruebas de campo de los organismos mencionados con una política de máxima prevención y acompañamiento de los cultivos, previa a su autorización. Da la Reglamentación específica con los requisitos técnicos y de bioseguridad que debe reunir la Experimentación y/o Liberación al Medio, tanto de Organismos vegetales genéticamente modificados como de Microorganismos Genéticamente modificados y/o sus productos para aplicaciones en Animales. Antes de llegar al comercio un transgénico debe atravesar todos los controles de la CONABIA, de calidad Ambiental, luego los del SENASA, que analiza la equivalencia sustancial del alimento, por sus beneficios nutritivos y por último los económicos, de impacto en el mercado y de protecciones al consumidor y antimonopolios. Estas dos últimas instancias son las que mayores dudas generan en la actualidad porque no se logra frenar el monopolio de las multinacionales (el 90% de la soja que se cultiva en el país es de Monsanto, así como el herbicida que requiere) ni el derecho del consumidor a un etiquetado claro, que todavía no se generaliza, a pesar de que en Europa ya es obligatorio, por las deficiencias del Protocolo y  la falta de regulación interna.

 

5)             Riesgos para la biodiversidad

Con respecto a la Biodiversidad, es relevante destacar que son justamente los países del Tercer Mundo, en desarrollo y países Tropicales, los más ricos en divesidad; aquellos que corren los mayores riesgos en cuanto a su protección. Ellos son los que al mismo tiempo se encuentran en mayores desventajas para limitar el desarrollo de las tecnologías productivas que le garantizan la posible inserción en los Mercados y el crecimiento económico.

Por otro lado es mayor el perjuicio que provocará la dispersión de un transgénico en el país originario de la especie, porque puede invadir y extinguir especies autóctonas emparentadas, dilapidando un capital natural que nos podría ser útil en el futuro, como fuente de rasgos para programas de mejora genética. Por ejemplo: no sería aconsejable permitir maíz transgénico en la región meso-centroamericana, donde se encuentran multitud de variedades de maíz tradicionalmente cultivadas por los indígenas, y el teosinte, precursor silvestre de esta planta. Salvo que los datos científicos garantizaran la seguridad, a priori no sería ético poner en peligro el rico acervo genético y cultural ligado al centro de diversidad y domesticación de esta especie.

Algunos de estos países ya han adelantado catálogos con toda la información genética de las especies autóctonas, para extremar su protección y para conseguir que sea respetado el Convenio en otros términos de mercado, como ser el pago de regalías que corresponde y el trabajo consensuado en bioprospección. En este sentido, han obtenido buenos resultados, tanto Costa Rica como México, que ya se encuentran trabajando con multinacionales como Monsanto, con laboratorios en el propio país, beneficiándose con la transferencia de tecnología y logrando el respeto por sus ecosistemas.

Uno de los problemas más grandes que no se ha tenido en cuenta históricamente (y que ha perdido oportunidad de hacerlo el mencionado Protocolo de Cartagena-Montreal)  es el de la introducción de organismos extraños en ecosistemas diferentes, el tráfico transfronterizo de cualquier tipo de seres vivos, que sin ser transgénicos, han provocado la extinción absoluta de numerosas especies. No se ve la lógica de obstruir draconianamente posibilidades de una tecnología sospechosa simplemente bajo hipótesis, descuidando los cotidianos daños que el mismo tráfico comercial de productos convencionales conlleva a la biodiversidad. Debería considerarse el impacto ambiental y estudio de los riesgos de cada uno de los organismos que se quieren introducir, por sus posibles efectos adversos y no por la técnica que los produce.

 

6)             Justicia en el Largo Plazo

Otra gran laguna en torno a la protección  de la Biodiversidad es la que surge del desconocimiento absoluto de los efectos a largo plazo que pueden tener los nuevos inventos. Y esto es una característica común de las nuevas tecnologías, que exigen su liberación por la presión de los mercados y la competitividad. Dentro de la Comunidad internacional y considerando la etapa de incipiente Capitalismo en la que se encuentra nuestro país, sería imposible pretender frenar todos los procesos de manipulación genética que le abren puertas hacia el progreso de la economía, principalmente en el terreno agropecuario, donde la Argentina pone sus mayores espectativas. La diseminación de OMGs en el medio ambiente puede alterar los mecanismos, el ritmo y la orientación de la evolución de las especies, con imprevisibles repercusiones para la estabilidad ecológica de la biosfera. Los vectores transmisores del transgén, a diferencia de la contaminación química, se autoperpetúan y autoamplían. Una vez sueltos, es imposible controlarlos o recuperarlos. En general, las presiones internacionales para ganar mercados y aumentar las ganancias hacen que las compañías liberen cultivos transgénicos demasiado rápido, sin consideración apropiada de los impactos a largo plazo en las personas o en los ecosistemas. Aparecen graves riesgos económicos y sociopolíticos para los países del Tercer Mundo.

Pero justamente los medios con los que cuenta la justicia, que tradicionalmente actúa “ex post” y en términos de  Responsabilidad, tienden a la acción preventiva  en este ámbito, dado que los perjuicios suelen ser irreversibles. Por otra parte, no debe descartarse la posibilidad de acción a posteriori, o en cualquier momento de los procesos, que brinda el Convenio para proteger la Biodiversidad.

 

7)             Convenio de Biodiversidad y Protocolo de Cartagena

En la Cumbre de la Tierra de Río de Janeiro (1992) el Convenio sobre Diversidad Biológica pretendió establecer las bases de un nuevo sistema más equitativo para el disfrute de dichos recursos. La idea consiste en conjugar el libre comercio de recursos genéticos, el intercambio de tecnologías y la justa compensación a los países donadores de germoplasma, lo que se espera redunde a su vez en desarrollo sostenible y preservación de los recursos vivos. El artículo 1 del CBD contiene los objetivos generales del Convenio: conservación de la diversidad biológica, uso sostenible de los recursos genéticos y reparto equitativo de los beneficios resultantes. Los redactores del Convenio pretenden la integración del libre comercio de los recursos genéticos (artículo 15) con el intercambio de tecnologías (artículo 16) y la compensación justa por el acceso a los recursos biológicos de otros (artículo 19). Aunque han sido numerosos los problemas generados en cuanto a la distribución de beneficios y la compensación justa, debido a que el Convenio ha considerado a sus normas y decisiones de igual rango que las normas de libre comercio que dicta la OMC, así el Protocolo puede ser fácilmente salteado y pueden surgir conflictos respecto al tema de las regalías y patentes. Este ha sido un tema bastante analizado por la colisión visible con e Acuerdo TRIPP’S. Se pretende que el acceso a los recursos genéticos de los países donadores de germoplasma sea bien retribuido, consensuado e informado. Pero esto no se resuelve con porcentajes de participación sobre los royaltie’s, ni acuerdos bilaterales de exclusividad. Sino que sus intenciones eran mejorar el acceso a las tecnologías y a los recursos genéticos, favorecer su proteción y esto no se logra más que retribuyendo en forma justa y beneficiosa “para ellos” a las comunidades indígenas que los conservan, respetando así no sólo la biodivesidad natural, sino también cultural. Es claro en el Convenio el requisito de consentimiento informado de las poblaciones autóctonas para efectuar trabajos de bioprospeción  y la retribución “justa” y concensuada. (art. 15, CDB).

Se intenta que la diversidad biológica beneficie a todos y que los países desarrollados, interesados en los usos biotecnológicos del germoplasma contribuyan con su protección en los países pobres que lo poseen pero tienen menos recursos e incentivos para su conservación.

 El Protocolo de Cartagena, que finalmente pudo firmarse en Mayo del 2000 en Montreal, (debido a la frustración de las primeras negociaciones que fueron boicoteadas por el llamado “Grupo de Miami” entre los que se encuentra nuestro país, junto con EE.UU.,  Canadá, Australia, Chile y Uruguay) pretende regular internacionalmente la transferencia, manejo y uso transfronterizos de los organismos vivos modificados por biotecnología que puedan tener efectos adversos sobre el uso sostenible de la diversidad biológica. Se refiere principalmente a los mecanismos de notificación por adelantado por parte del exportador y al consentimiento que concede un país importador de semillas u otras muestras vivas derivadas de manipulación biotecnológica, antes de permitir su tránsito transfronterizo. Se detallan requerimientos para la evaluación y gestión de los riesgos, las medidas de emergencia, el manejo, transporte, etiquetado e identificación del material. Pero no abarca más que los organismos “vivos” modificados no teniendo en cuenta los utilizados como alimentos de animales ni productos farmacéuticos. Por otra parte resulta insuficiente en cuanto al etiquetado que sólo exige mencionar en una carga “que puede contener organismos vivos modificados” y no ordena individualizarlos, cuantificarlos ni describir los procesos, al momento de la importación. Esta omisión afecta principalmente a los consumidores, que no tienen acceso a las notificaciones previas que intercambian los estados y abre una brecha amplia para introducir sin controles los mencionados organismos.

Cada dos años se reúne la Conferencia de las Partes del Convenio de Diversidad Biológica cuya función es evaluar el funcionamiento y la aplicación de estos dos instrumentos; durante la última Conferencia de partes celebrada en Nairobi en mayo del 2000, se denunciaron casos de avasallamiento a la biodiversidad como el del hongo fusarium que EE.UU. pretendió utilizar como arma biológica contra las drogas, por ser perjudicial para los cultivos de marihuana, coca y amapolas, en Sudamérica y Asia, con riesgos comprobados para otros cultivos y perjudicando los usos medicinales o culturales de esas especies; otro caso de una petrolera en Ecuador (Maxxus) que efectuaba trabajos de bioprospección sin repartir los beneficios de transferencia de tecnología y participación por el secreto de la información que extraía. Ecuador reclama la soberanía sobre sus principios activos y recursos biológicos desde 1998. Y otro caso ejemplificador es el de las semillas transgénicas Traitor y Terminator que los grandes laboratorios ya estaban patentando y resultan perjudiciales para la biodiversidad y las economías sostenibles por ser estériles y utilizables por única vez, obligando a los campesinos a comprarlas a ellos para cada resiembra, no pudiendo utilizar sus cosechas. Este es un tema todavía no resuelto dado que pese a la indignación de algunos sectores, garantiza la seguridad de los cultivos transgénicos, evitando los cruzamientos y mutaciones imprevistas, el asunto es el monopolio que exigen las multinacionales (v. Monsanto contra Percy Schmeiser).

 

8)             Justicia Retributiva y Responsabilidad Internacional

Como venimos viendo, los riesgos de estos Organismos a la biodiversidad y a la salud, se descubren casi siempre en el Largo Plazo, con más intensidad respecto a la biodiversidad, que sólo se ve amenazada, luego de la liberación de los OGM o los organismos exóticos introducidos en los ecosistemas y las posibles combinaciones luego de algunas generaciones y sus comportamientos resultantes, así como los de otras especies vegetales o animales que los rodean.

La Tradicional aplicación de la justicia retributiva (culpable por extinguir una especie?) en este caso resulta insuficiente, si se comprenden los efectos irreversibles que conllevan los daños a la biodiversidad. Pero la Comunidad Internacional da la posibilidad de controlar, antes de que sea “demasiado tarde” los posibles daños a la diversidad biológica que no se prevean y eviten adecuadamente. Con un híbrido actuar de la justicia “ex ante”.

Como hemos dicho el Convenio de Diversidad Biológica es de corte netamente preventivo y da la posibilidad de accionar por la falta de adecuadas medidas de prevención a un país o Empresa, por la responsabilidad internacional que de él surge. En los artículos 7 inc. c y d, 8 inc. g[1], h, i; 12 inc.c; 14 inc.2; 19 inc.3 y 4 y en el art. 23 inc. 4 . Desarrolla la responsabilidad de extremar medidas de protección a la biodiversidad y de implementar especiales mecanismos de precaución respecto de los OGM, luego da las características de las reparaciones reclamables y los procedimientos, la evaluación periódica de la Conferencia de las Partes y los métodos de solución de controversias que se agregan en el art.27 y anexo II. Luego los art.25, 26, y 27 del Protocolo complementan y amplían estas cuestiones; dando amplias funciones de seguimiento a la Conferencia de las Partes del Convenio. Este mecanismo da la posibilidad de acompañar los procesos y controlar las medidas de seguridad. Las sanciones de la Comunidad Internacional deben ser eficaces y efectivas para reparar los perjuicios y compeler a los Estados a desarrollar instituciones preventivas que tornen efectivos los principios de prevención y colaboración, que no deben quedar como meramente enunciativos, los países desarrollados deben tomar conciencia de su responsabilidad en la conservación de la biodiversidad de los países del Tercer Mundo y sus deberes a cambio de estas utilidades, y estos últimos de la administración razonable de sus recursos genéticos, los bancos de germoplasma y catálogos de genoma (como México y Costa Rica, donde ya se está visualizando esta colaboración responsable). La única forma de poner límites a un sistema tecnológico con tantos intereses económicos en juego es el cabal funcionamiento de los métodos de coerción e información, y mejor aun, el compromiso de todos los Estados con la Biodiversidad.

Fuentes

Texto del Convenio de Diversidad biológica, Río de Janeiro 1992

Texto del Protocolo de Cartagena – Montreal, firmado en 2000

Iñáez Pareja, Curso de Doctorado “Biotecnología, ética y Sociedad” Instituto de Biotecnología, Universidad de Granada, España. “Biotecnología global, bioseguridad y biodiversidad”.www.prodiversitas.com.

Juan Ramón Lacadena, “Manipulación genética” Fundamentación de la ética y manipulación genética. Dilemas éticos de la medicina actual. 2 Publicaciones de la Universidad Pontificia Comillas, Madrid 1988.

José Ramón Acosta Sariego “Loa organismos modificados genéticamente, el poder blando del tercer milenio” Instituto Superior de Ciencias Médicas de La Habana, Cuba.

Daniel Ramón Vidal, “Nutrición y biotecnología de los alimentos Transgénicos”, El País, 20/12/97.

Ecologistas en Acción, sobre la manipulación genética de los alimentos.

Adriana Galletti Monsanto, “Alimentos Transgénicos ¿se está normando?” 18/7/2000.

Argumentos recombinantes sobre alimentos y cultivos transgénicos por el Depto. Confederal del Medio Ambiente de CC.OO. Area de Medio Ambiente de la Fundación Primero de Mayo (España).

Declaración de Phisicians and Scientists Against Genetically Engineered Food. www.flashbase.com.

Manifiesto de la Asociación de la Federación Latinoamericana de Asociaciones de Semillas (FELAS) 13/6/2001 Centro Bio Info “Ahora más competitividad” Daniel Díaz, El Clarín 8/5/2001. www.biotechknowledge.com.

Organización Internacional Agropecuaria sobre la calificación de Productos Orgánicos, www.oia.com.ar

Alimentos Transgénicos: Protocolo de Bioseguridad, 50 alimentos transgénicos comercializados. Prudencia ante la biotecnología: ningunoo de los alimentos que consumimos son naturales. Cultivos Transgénicos de maíz en Argentina. España es el único país de Europa donde se cultiva maíz transgénico. www.ideal.es/waste.

Comunicado de prensa del Sunshine Proyect. Informe solicitado al Convenio de Biodiversidad de las Naciones Unidas poner alto a los experimentos peligrosos con hongos de EE.UU. 2/5/2000. www.sunshine-project.org.

 “Monsanto contra Percy Schmeiser, 5/4/2001, RAFI Fundación Internacional para el Progreso Rural. www.rafi.org “Terminator y Traitor: el Convenio de Biodiversidad debe prohibirlos”

Acción para detener al Agente Verde (MASIPAG) Farmer Scientists Partnership for Development - Philippines. http://www.tercermundoeconomico.org.uy/

La OMC y el Protocolo de Bioseguridad en busca de una interpretación conciliatoria.

Comisión Nacional Asesora de Biotecnología Agropecuaria, reglamentación vigente, funcionamiento, aspectos a tener en cuenta de los Cultivos Transgénicos: Autorizaciones.

Maxxum: un fracaso petrolero: sus intereses actuales. www.amazonia.ececol.exx.ec.

Dow Agro argentina, entrevista con el Ingeniero Ezequiel Fonseca.

Conferencia: “Alimentos Transgénicos: ¿son peligrosos?” Alejandro Mentaberry, del Ingebi y la Facultad de Ciencias Exactas y Naturales de la UBA, Moisés Burachik de la CONABIA.

 

NOTA:

[1] g)          Establecerá o mantendrá medios para regular, administrar o controlar los riesgos derivados de la utilización y la liberación de organismos vivos modificados como resultado de la biotecnología que es probable tengan repercusiones ambientales adversas que puedan afectar a la conservación y a la utilización sostenible de la diversidad biológica, teniendo también en cuenta los riesgos para la salud humana.

Solicite más informaciónContáctenos para recibir más información sobre este curso en CDRom

Colección: Derecho, Economía y Sociedad

www.BIOETICA.org

Copyright G.A.T.z©2005 ES MATERIAL DE DIVULGACIÓN.  Agradecemos citar la fuente.
Última modificación: 09 de Marzo de 2007

Herramientas
para instalar clickée sobre los logos


Abode® Readers para leer  archivos .pdf


Winzip® para descomprimir archivos .zip