Catálogo de la Colección "Derecho, Economía y Sociedad" Sitio Oficial de la Facultad de Derecho de la Universidad de Buenos Aires

Regulación jurídica de las biotecnologías

Curso dictado por la Dra. Teodora Zamudio

Equipo de docencia e investigación UBA~Derecho

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1era. condición


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No debe ser incluida en la categoría de viviente una entidad sin aptitudes de metabolismo y reproducción, con desarrollo temporal y evolutivo

¿Qué condición o cualidad otorga la calidad de viviente?

Se han conocido numerosas tentativas para explicar el carácter fundamental de lo viviente y diferenciarlo de lo inerte pero lo concluyente es que, dadas las características básicas del mundo relativo, debe asumirse que tanto la materia inerte como la viviente comparten los mismos elementos constitutivos: carbono, hidrógeno, nitrógeno, oxígeno, fósforo y azufre. Y, la química de los organismos vivos es, en esencia, la química de los compuestos que contienen carbono [ver  § 1.1]

Los seres vivos manifiestan dos procesos fundamentales -y diferenciadores de lo inerte-

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el metabolismo  por el cual transforma la materia y produce energía para su consumo,  posibilitando el desarrollo durante el ciclo vital [ver § 1.1]

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la reproducción [ver § 1.3.2 ] -que garantiza la perpetuación de la especie-  por vía sexual [ver § 1.3.2.2] o división celular (asexual) [ver §1.3.2.1], los seres nuevos presentan las características combinadas de los progenitores, o constituyen la copia fiel de su antecesor, respectivamente. En cualquier caso, la reproducción tiene lugar sin la inmisión biológica de otros individuos sino de la propia variedad o género.

Concomitantemente, los individuos (vivientes) se caracterizan por las cualidades de:

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temporalidad, con una historia comprendida entre su nacimiento y su muerte; pero la muerte individual  no es sinónimo de extinción definitiva;
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muerte, como cese de las funciones que permiten al individuo los procesos señalados, es una acepción aplicable a los seres pluricelulares, pues en sus restos biológicos continúa manteniéndose actividad biológica pero no de modo integrado a las funciones caracterizantes, sino de transformación.

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muerte, como desaparición del ser viviente, es una acepción aplicable a los seres unicelulares que desaparecen –en tanto unidades biológicas- al dividirse en la reproducción asexual para dar lugar a la existencia de las “copias” hijas [ver § 1.3.1.]

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mutabilidad por la interacción de su programa genético y el medio ambiente, la cual, a largo plazo y seguidas las numerosas reproducciones, ocasiona la evolución de la especie a la que pertenece [ver § 1.3.5]

Estas características dejan fuera de la categoría de seres vivos –cualquiera sea su actividad biológica- a organizaciones parciales o marginales que no cumplen con los atributos enunciados.

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Colección: Derecho, Economía y Sociedad

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Última modificación: 09 de Julio de 2005

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